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Suelo agrícola ganadero: "la sustentabilidad sin tutela"

Por Mariano Fava (*)

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EL DIARIO digital

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En distintos ámbitos técnicos y políticos de Argentina ha resurgido una agenda regulatoria que, bajo el argumento de proteger el suelo, propone avanzar simultáneamente en dos frentes: por un lado, establecer normas obligatorias de manejo productivo y, por otro, intervenir en los contratos de alquiler de tierras agrícolas. Aunque presentadas como iniciativas independientes, ambas comparten un mismo núcleo conceptual: la idea de que la sustentabilidad solo puede garantizarse mediante una mayor tutela estatal sobre las decisiones privadas. Analizadas en conjunto, no constituyen medidas aisladas sino partes de una misma estrategia de intervención creciente sobre el sistema productivo rural.

El punto de partida de esta visión es una premisa discutible: que el suelo agrícola argentino atraviesa un deterioro generalizado causado por decisiones individuales de productores y arrendatarios. A partir de allí se construye la justificación para imponer regulaciones técnicas, plazos contractuales obligatorios y condicionamientos productivos. Sin embargo, cuando se examinan los datos productivos y agronómicos de las últimas décadas, la hipótesis de un colapso sistémico carece de sustento sólido.

La agricultura argentina ha experimentado un crecimiento notable en productividad y sofisticación tecnológica. La expansión de la siembra directa, las rotaciones más diversas, el análisis sistemático de suelos y la fertilización balanceada muestran un proceso de aprendizaje colectivo impulsado por incentivos económicos y por la propia necesidad de sostener rendimientos en el tiempo. Informes del INTA indican mejoras en indicadores de materia orgánica en amplias zonas de la región pampeana, mientras que la producción de granos se expandió de forma sostenida en las últimas décadas. A escala global, la FAO ha señalado que el aumento de la productividad agrícola permitió responder a la demanda alimentaria sin expansión proporcional de superficie cultivada, algo incompatible con una degradación masiva del recurso.

Esto no implica negar que existan problemas puntuales de erosión, balances negativos de nutrientes o manejos inadecuados. Los hay, y deben abordarse. Pero una política pública eficaz distingue entre fenómenos estructurales y casos focalizados. Legislar como si todo el sistema estuviera fallando conduce a soluciones uniformes para realidades heterogéneas, con efectos económicos potencialmente más dañinos que el problema que se intenta resolver.

Las propuestas regulatorias parten, además, de una presunción implícita: que el productor necesita ser guiado. Esta lógica encaja con lo que Friedrich Hayek definía como la "fatal arrogancia", es decir, la creencia de que un grupo de expertos puede diseñar desde arriba decisiones más racionales que las que toman quienes operan en el terreno. Aplicada al agro, esta idea supone que el funcionario o el técnico pueden evaluar mejor que el productor la combinación óptima entre riesgo climático, financiamiento disponible, precios esperados y estado del lote.

En la práctica, cada decisión agronómica es simultáneamente técnica y económica. Un productor puede reducir fertilización en una campaña de márgenes ajustados para preservar liquidez y sobrevivir. Puede simplificar una rotación cuando enfrenta endeudamiento o eventos climáticos adversos. Juzgar esas decisiones coyunturales como "mala praxis ambiental" desconoce la naturaleza misma de la empresa agropecuaria, que no opera en condiciones de laboratorio sino en contextos volátiles.

Las regulaciones sobre uso del suelo y las propuestas de leyes específicas para alquileres rurales se articulan precisamente en ese punto: buscan trasladar parte del control decisorio desde el productor y el propietario hacia un marco normativo centralizado. En el caso del manejo productivo, mediante protocolos obligatorios y controles técnicos; en el caso de los arrendamientos, mediante plazos mínimos o condiciones contractuales estandarizadas bajo la premisa de inducir conductas más "sustentables".

Sin embargo, la evidencia económica indica que la sustentabilidad no surge de la duración del contrato ni de la coerción normativa, sino de la calidad de los incentivos. El productor, sea propietario o arrendatario, cuida el recurso en la medida en que su ingreso futuro dependa de él. Cuando el sistema de precios, la estabilidad jurídica y el acceso al financiamiento permiten planificar, la inversión en fertilidad, tecnología y manejo aumenta naturalmente.

El derecho de propiedad juega aquí un rol central. Es el propietario quien tiene mayor incentivo a preservar el valor de su tierra y quien posee la capacidad contractual de exigir prácticas agronómicas, niveles mínimos de reposición o rotaciones determinadas. Una ley que rigidice las condiciones contractuales no fortalece ese cuidado: lo sustituye por un esquema uniforme que debilita la negociación privada y puede alterar la oferta de tierras en alquiler.

La experiencia argentina reciente en otros mercados muestra que las regulaciones bien intencionadas pueden generar efectos opuestos a los buscados. Cuando se introducen normas que aumentan la incertidumbre jurídica o limitan la capacidad de ajuste económico entre partes, la reacción típica es la retracción de la oferta, el aumento de precios o la informalidad. El mercado no desaparece, pero se vuelve más rígido y menos eficiente.

Esto resulta especialmente relevante en el agro, donde el 75% de las explotaciones tiene menos de 500 hectáreas y depende de márgenes estrechos. Para estos productores, cada nueva exigencia administrativa o contractual implica costos adicionales que no siempre pueden absorber. Paradójicamente, las regulaciones diseñadas en nombre de la sustentabilidad suelen impactar con mayor fuerza sobre los actores más pequeños, reduciendo su competitividad y acelerando procesos de concentración.

La discusión de fondo, por lo tanto, no es ambiental sino institucional. Se trata de definir si la conservación del suelo se logrará mediante cooperación e incentivos o mediante tutela normativa creciente. La tradición del pensamiento económico desde John Locke en adelante ha subrayado que la seguridad en la propiedad y en los contratos no es un principio abstracto, sino la base material sobre la cual se construyen la inversión, la innovación y el cuidado de los recursos.

Esto no significa que el Estado carezca de rol. Lo tiene, y relevante: generar información pública, financiar investigación, asistir técnicamente a zonas con riesgo erosivo, promover incentivos fiscales para buenas prácticas y garantizar reglas macroeconómicas estables. Estas herramientas han demostrado ser mucho más eficaces que la coerción para modificar conductas productivas.

La propia historia reciente del agro argentino ofrece un ejemplo contundente: la siembra directa, adoptada hoy en más del 80% del área agrícola, redujo drásticamente la erosión y mejoró la eficiencia hídrica. No surgió de una ley, sino de la innovación del sector y de la difusión técnica entre productores.

En definitiva, tanto la propuesta de regular el uso del suelo como la de intervenir en los alquileres rurales responden a una misma lógica: sustituir incentivos por mandatos. El riesgo no es solo económico, sino institucional. Cuando la sustentabilidad se convierte en argumento para ampliar la tutela sobre decisiones privadas, se debilita la confianza que sostiene al sistema productivo.

El suelo argentino necesita cuidado, sin duda. Pero ese cuidado será más sólido si nace de la rentabilidad, la información y la libertad contractual que si se intenta imponer desde un esquema uniforme. La verdadera estrategia de largo plazo no es multiplicar normas, sino fortalecer las condiciones que hacen posible invertir, planificar y producir.

Porque, en última instancia, la sustentabilidad no se decreta: se construye. Y se construye mejor cuando quienes trabajan la tierra conservan también la responsabilidad y la capacidad de decidir sobre ella.

(*) Ingeniero Agrónomo (MP: 607 CIALP) -Posgrado en Agronegocios y Alimentos- @MARIANOFAVALP

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