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EL DIARIO digital
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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa, a través de la Sala B, declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por las defensas de Denise Santana y Paula Daniela Weigel y dejó firmes las condenas dictadas por el Tribunal de Impugnación Penal por fraude a la administración pública en grado de tentativa y estafa en concurso ideal.
Las defensas habían cuestionado los fallos 58/25 y 71/25 del TIP, que habían confirmado y agravado parcialmente las condenas originales dictadas en juicio. No obstante, el máximo tribunal provincial entendió que los planteos no configuraban errores de derecho revisables en casación y que los agravios se vinculaban, en realidad, con discrepancias respecto de la valoración de la prueba ya analizada en instancias anteriores.
Los hechos investigados ocurrieron el 16 de enero de 2024, cuando Santana y Weigel se presentaron en los comercios Galver y supermercado Gabi-And con órdenes de compra adulteradas pertenecientes a la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia, con destino al Hogar Pío XII. Con esos documentos retiraron mercadería por $168.710 y $252.286,38 respectivamente.
Según quedó acreditado en la causa, las órdenes habían sido confeccionadas y manipuladas por Santana empleada del organismo y ambas imputadas las utilizaron "a sabiendas de su falsedad", lo que terminó generando un perjuicio económico a los comercios, ya que el Estado no abonó las operaciones al detectarse la maniobra en los controles administrativos.
El tribunal consideró que la conducta configuró un concurso ideal entre el delito de estafa contra los comerciantes y el de defraudación a la administración pública en grado de tentativa, al afectarse bienes jurídicos distintos de manera simultánea.
En su recurso, la defensa de Santana había planteado entre otros puntos una supuesta incompatibilidad lógica entre ambas figuras penales y la existencia de inimputabilidad por trastornos de salud mental. Sin embargo, el STJ sostuvo que no se acreditó vulneración del derecho de defensa y que las cuestiones sobre capacidad de culpabilidad ya habían sido debidamente tratadas y descartadas por el TIP con base en la prueba producida en juicio.
Por su parte, la defensa de Weigel cuestionó la calificación de coautora y alegó falta de prueba sobre su participación dolosa. La Sala B rechazó ese argumento al señalar que el análisis pretendido implicaría una nueva revisión de hechos y de la valoración probatoria propia de las etapas anteriores y, por lo tanto, ajena al control casatorio.
Con la resolución del Superior Tribunal, quedaron firmes las condenas de un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos o empleos públicos para Santana, y un año y dos meses de prisión en suspenso, más la misma inhabilitación, para Weigel.