Escuchá esta nota
EL DIARIO digital
minutos
Acompañado por los docentes María Gregoire (integrante del TIP), Seiba Domínguez y Nicolás Espíndola,, asistió para dar a conocer su punto de vista a favor del proyecto de ley de juicio por jurados.
Antes de brindar detalles de la opinión que la facultad tiene respecto a la iniciativa, Marull dijo que "tanto las Constituciones Nacionales de 1853 como la de 1994 incluyen y recomiendan la instrumentación del juicio por jurados" y que, particularmente en La Pampa, "la ley y su reglamentación estaba incorporada en la Constitución de 1952, y en el Código Procesal Penal (destacó la participación de Juan Meana y Eduardo Aguirre, docentes de la UNLPam en su elaboración) instituido en 2011 está recomendada su aplicación".
Además afirmó que "todas las encuestas revelan que el Poder Judicial en todo el país tiene una imagen negativa altísima, lo que demuestra que en la consideración de la opinión pública es su peor momento de la historia, razón por la cual políticamente se impone instrumentar cambios que acerquen la justicia a la ciudadanía, que ésta vuelva a confiar en ella".
El decano de económicas y jurídicas se explayó, luego, en cuestiones técnicas puntuales. Dijo que "la clave del juicio por jurados la encontramos en sus 3 audiencias: la de selección de jurados, cuya imparcialidad está asegurada en todo su proceso, que pasa por un primer sorteo de 24 o 48 ciudadanos de entre la totalidad del padrón electoral".
Explicó que "luego, ante el juez, fiscalía y defensa exponen las razones por las cuales alguno o algunos de ellos deberían descartarse por no garantizar imparcialidad y mediante otro sorteo de entre los que queden, surgen los 16 integrantes del jurado, 12 titulares y 4 suplentes".
"La segunda audiencia es la que, antes de los alegatos, después de expuesta toda la prueba y declaración de testigos, fiscalía y querella abordan la instrucción. Y la tercera audiencia es en la que, después de la producción de la prueba y antes de los alegatos, una vez que el juez acuerda con las partes las instrucciones que se les dará a los jurados, el juez les transmite al jurado todo lo que tiene que tener en cuenta, las preguntas que el jurado deberá responderse (que se acodaron en la instrucción) para determinar si corresponde absolución o condena", afirmó.
"La decisión de un jurado popular es habilitar la acusación, por eso, cuando se litiga ante un jurado popular, lo fundamental es que el jurado popular entienda todo el proceso", remarcó.
"La instrumentación del juicio por jurados no será en todos los casos, únicamente se aplicará en las causas que establezcan una posible pena, en concreto, de 15 años o más. Que se establezca una pena en concreto y no en abstracto, tiene que ver con las habituales divergencias entre fiscalía y querella, ante las que el juez podrá así, en la etapa intermedia, que unificar la acusación, a partir del diálogo entre las partes, en concreto para llevar la causa a juicio por jurados", explico Marull.
""Si bien el de los costos nunca fue un problema en las 13 jurisdicciones que en todo el país vienen aplicando el juicio por jurados, hay que aclarar que sólo se instrumentará en aquellas causas que tengan como pena una condena a 15 años de prisión. También que, como se trata de un servicio público, los 16 jurados seleccionados no percibirán remuneración alguna durante los dos o tres días que deban estar abocados al juicio, si no que (como ocurre cuando deben declarar como testigos, por ejemplo) la patronal pública o privada donde trabajen deben pagarle por esos días y asegurarle la continuidad laboral", detalló."
"Únicamente se le abonará por esas jornadas al trabajador informal que, al no poder trabajar en esos días, no tendrá o ingresos. Un juicio común, seguramente es más barato, pero el juicio por jurados es mucho más eficiente", señaló.
"Tampoco ha sido problema en las provincias donde ya se instrumenta esta práctica judicial, los sesgos (sobre todo mediáticos) que podrían influir en los jurados y poner en riesgo su imparcialidad. En ese sentido hay que reconocer que todos tenemos sesgos, los jueces profesionales indudablemente que también, ellos también están influenciados por muchas cosas. Las presiones son muy fuertes y justamente por eso, que sean 12 los jurados populares es una ventaja porque seguramente en el peor de los casos tendrán sesgos diversos y de esa manera se auto atenuarán. Sin dudas que 12 serán más imparciales que uno, además surgen de un sorteo y de una audiencia de selección", explicó.
"En cuanto a la seguridad de quienes deben ser jurados populares, hay que decir que los jueces populares no son elegidos de la ciudad donde se cometió el delito, sino de la circunscripción donde el mismo se registró. Además, puede definirse una prórroga de circunscripción. Y es mucho mayor el riesgo que corre una sola persona, que la totalidad del jurado popular que son doce", señaló Marull.
"La función del juez profesional es mucho más importante en el Juicio por Jurados que en los comunes. El juez tiene que tomar conciencia que lo suyo es cuidar al jurado, cuidar su imparcialidad y para eso son clave sus instrucciones para con ellos, que tienen que ser en todo momento sencillas y entendibles para todos", advirtió.
"Absolver o condenar a una persona es algo muy fuerte para que cargue en las espaldas de una sola persona", aseguró.
"En el conocido como Caso Canale, la Corte Suprema de Justicia estableció que todo imputado tiene derecho a ser juzgado por un juicio por jurados y que la comunidad tiene el derecho a juzgar. El juicio popular equivale a una democracia más plena. En lo personal preferiría siempre, en caso de ser juzgado, atravesar esa circunstancia ante un Juicio por Jurado porque seguramente me da mayores garantías de equidad", afirmó.
"Recomiendo siempre ver el documental que hizo la justicia de la provincia de Neuquén respecto a la aplicación que allí se hace del Juicio por Jurados. En él se puede ver a un ciudadano común, que fue juez y asegura: "sentí que había hecho algo importante, lo más importante de mi vida"", mencionó.
"Hay que llevar los simulacros de Juicios por Jurados a todas las localidades de La Pampa, así todos podremos concluir en lo ventajoso que serán", pidió a modo de difusión.
El diputado Hernán Pérez Araujo, autor del proyecto y presidente de la comisión, les adelantó a sus pares que, en la reunión de la semana próxima, estarán representantes del Colegio de Abogados dando a conocer su parecer al respecto.
Preocupación
Antes de expresar su postura respecto al proyecto de ley, el decano de la facultad de económicas y jurídicas, manifestó la inmensa preocupación y angustia de la comunidad universitaria ante la posibilidad de que en las próximas horas, el presidente Javier Milei decida vetar la ley de financiamiento universitario.