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EL DIARIO digital
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El régimen penal juvenil, destinado a jóvenes de 16 y 17 años, se implementó con un cambio de paradigma: buscar la responsabilidad del adolescente sin que la solución sea exclusivamente punitiva, priorizando vías alternativas que permitan una solución integral. Un aspecto clave es la participación de la víctima para definir la reparación, y el compromiso del victimario de enmendar el daño causado de manera consensuada.
En la sentencia de Ongaro, este objetivo se vio claramente reflejado. En junio del año pasado, la magistrada había declarado la autoría y responsabilidad penal de un adolescente (quien al momento de los hechos tenía 16 años) en delitos de exhibiciones obscenas y abuso sexual con acceso carnal, respecto de una niña menor de 13 años.
Dado que la Ley Provincial 3353 prevé que, entre los 16 y 17 años, se puede declarar la autoría y responsabilidad penal, pero no imponer penas de prisión, Ongaro dispuso que el joven debía cumplir una serie de medidas socioeducativas durante un año, hasta alcanzar la mayoría de edad. Recién entonces, la jueza resolvería si le fijaba o no una pena de prisión.
Transformación y compromiso
Durante este año de seguimiento, el adolescente que al inicio del proceso mostraba dificultades para socializar fue convocado a cuatro audiencias de reexamen para evaluar el cumplimiento de las medidas. La defensa, la fiscalía y la querella (en representación de la madre de la víctima, una niña de siete años) coincidieron en el notorio progreso que había evidenciado. Los informes de los organismos provinciales que lo acompañaron comunitariamente también respaldaron esta evolución.
El joven continuó con su tratamiento psicológico, manifestando su deseo de no abandonarlo. Concluyó el tercer año del secundario y solicitó cambiarse al régimen nocturno al cumplir los 18 años. Además, pasó a vivir en una casa alquilada con su madre, consiguió trabajo en un negocio de computación y está buscando otro para mejorar sus ingresos. Un punto significativo fue su pedido de hablar con el padre de la niña para pedir perdón.
Fundamentos de la Jueza
Frente al cumplimiento cabal de las imposiciones fijadas por Ongaro, en la última audiencia de reexamen realizada la semana pasada, el Ministerio Público Fiscal solicitó la absolución del adolescente, a lo que la querella dio su consentimiento.
Esta conclusión del proceso demuestra que, "cuando la Justicia y el Estado dan respuestas oportunas a través de un abordaje adecuado y de soluciones integrales, las niñas, niños y adolescentes pueden encontrarle un sentido a su vida; sin dejar de hacerse responsables de que cometieron un delito y sin que necesariamente el final sea con el dictado de una pena de prisión", destaca la sentencia.
Al fundamentar su decisión de absolver al adolescente, Ongaro dejó sin efecto las medidas cautelares y socioeducativas, comunicando el fallo a la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia.
"Coincido con la valoración que realizaron el acusador público y la acusadora privada [ ] en cuanto a que en este caso no es necesario proseguir con el cumplimiento de medidas cautelares y/o socio-educativas y mucho menos imponer una sanción punitiva", indicó la jueza. Esta conclusión se basó en los informes de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, que controló el cumplimiento de las medidas impuestas.
Ongaro agregó que de la intervención institucional se infiere que el joven "continúa asistiendo regularmente a su espacio terapéutico y, si bien el plazo de un año que se había establecido ya finalizó, él manifestó la voluntad de continuarlo ya que ha logrado cierta transferencia con el profesional, con quien pudo trabajar aspectos de su historia y de su actual situación".
La magistrada también resaltó la "inicial incorporación positiva en el ámbito laboral", aunque luego priorizó su reincorporación al sistema educativo (aún pendiente por cuestiones administrativas), y su convivencia con la progenitora, ocupándose de las tareas del hogar.
Finalmente, Ongaro destacó "la voluntad manifestada por el joven, a poco de haberse iniciado el cumplimiento de las medidas socioeducativas, de acercarse y dialogar con el padre de la víctima para pedir perdón". Aunque inicialmente no fue aceptado, "del dictamen final producido por la representante legal de la querella, surgió que posteriormente aquellas disculpas fueron aceptadas por la víctima y su familia".