La Pampa

Consejo de la Magistratura: desfile de pampeanos en el Congreso

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En el plenario de comisiones de Diputados, bajo la presidencia de Hernán Pérez Araujo, expusieron -entre otros- Francisco Marull, Gustavo Araballo y Andrés Gil Domínguez, sobre los proyectos para modificar la composición del órgano judicial, entre ellos, el que ya cuenta con media sanción del Senado.

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EL DIARIO digital

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El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia de la Cámara de Diputados, que presiden el pampeano Hernán Pérez Araujo y el también oficialista Rodolfo Tailhade recibió a casi una veintena de expositores, entre ellos tres pampeanos y en su mayoría abogados, que plantearon sus argumentos en favor o en contra de las distintas iniciativas, puntualmente la que ya cuenta con media sanción del Senado, que proponen modificar la composición del Consejo de la Magistratura.

El abogado penalista Francisco Marull -actual decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad Nacional de La Pampa- abrió la ronda de expositores para compartir una reflexión con el fin de que “ayuden a construir una ley trascendente y necesaria. Trascendente porque puede que se trata de una de las reformas vinculadas a la Justicia más importante de los últimos años, y necesaria porque nos encontramos en una coyuntura ante la vigencia de una ley, que todos coincidiremos, no refleja ni las representaciones ni las realidades, ni mucho menos de las necesidades de nuestros tiempos si no aquellas de hace más de 25 años”.

“Vengo a hablar de la representación de los ámbitos académicos en el Consejo. Necesitamos un Consejo que se estructura de una forma efectivamente federal. Esto es importante no solo porque la Justicia Federal tiene juzgados y Cámaras en todos los rincones del país y es importante atender a las necesidades de funcionamiento de estos organismos; pero hay otra razón más importante que tiene que ver con las necesidades de la ciudadanía toda. Los asuntos que trata la Justicia Federal son asuntos que interesan y afectan a todos los habitantes de nuestro país”, resaltó Marull.

Y cerró: “Entiendo que el proyecto que ya cuenta con media sanción, considera esta perspectiva federal y resuelve satisfactoriamente la cuestión. El camino que la ley puede y debe confirmar es el camino de una representación federal real, y no formal”.

En tanto, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, también pampeano aunque radicado en la ciudad de Buenos Aires, celebró que “sea el ámbito del Congreso mediante la sanción de una nueva ley el órgano que dé respuesta a la exportación dictada por la Corte Suprema de Justicia”, porque “es la respuesta más racional, democrática y adecuada al fallo, y bajo ningún punto de vista puede serlo el restablecimiento permanente de una ley que fue derogada en 2006 por los severos y graves problemas que trajo esa ley para un funcionamiento eficaz del Consejo de la Magistratura”.

“En segundo lugar, la Corte Suprema estableció un estándar muy claro al interpretar por equilibrio entre los cuatro estamentos que conforman el Consejo de la Magistratura se entendía la imposibilidad que, en el número determinado por la ley, un estamento tuviera una posición hegemónica formal con respecto a los otros estamentos”, enumeró.

Gil Domínguez es uno de los expertos más prestigiosos e incluso fue designado como parte de la comisión que asesoró en el tema al gobierno nacional. Precisó que, para evitar futuros planteos de inconstitucional, “hay dos posibilidades de desarrollar este estándar: una primera, el equilibrio por igualdad. Esto es que todos los estamentos tengan la misma cantidad de integrantes. Y la otra forma, es el equilibrio por imposibilidad de hegemonía estamental”, y siguió: “Desde mi punto de vista, la que tiene mayor intensidad democrática es aquella a la que otorga a todos los estamentos la misma cantidad de miembros”.

En suma, consideró: “El proyecto que ha recibido la sanción por la Cámara de Senadores responde al estándar establecido por la Corte Suprema. En términos que el número 17 y como está distribuido desde mi punto de vista impide que ningún estamento tenga una postura hegemónica respecto al resto de los estamentos”.

“Finalmente, desde mi punto de vista la situación de que el presidente de la Corte presida al Consejo de la Magistratura por imposición legal, esta situación es inconstitucional. Establecer en una ley que el presidente de la Corte es a priori y para siempre el presidente del Consejo sin ser electo por sus pares parlamentarios del plenario implica una quiebre del equilibrio de los estamentos que establece la Constitución y que la Corte ha impuesto para declarar la inconstitucionalidad de una ley”, criticó.

Otro abogado pampeano, Gustavo Arballo -profesor de derecho en la Universidad Nacional de La Pampa- advirtió la urgencia de resolver la situación en la que la Corte Suprema resolvió “resucitar una ley”; y respecto a la nueva composición propuesta por el proyecto del oficialismo consideró “que está balanceada, y que tiene un uso razonable de las mayorías agravadas, bien calibradas para que no haya sorpresa y no haya predominio. E incorpora una demanda que no puede ser soslayada, que es tomarse muy en serio la participación de igualdad de género”.

La cuestión de género

También desfilaron ante el Congreso más profesionales, expertos y expertas. A su turno, María Elena Barbagelata, dirigente socialista, presidenta de la Asociación de Abogadas y Abogados de Buenos Aires y titular de la Comisión de Derechos de la Mujer de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, manifestó que “hay un tema que debemos profundizar y es el tema de género”, y destacó: “El proyecto que viene con media sanción me parece clara en la composición de paridad, es una positiva propuesta de integración paritaria. Y tal como está redactada, señala que esta paridad es un piso y no un techo”.

“Pero analizando las posibilidades que puede tener esta reforma creo que hay que profundizar este tema”, cuestionó y propuso “contemplar en la ley diversas acciones positivas como en el proceso de selección de magistrados para que se presentan las ternas conformadas por lo menos por una mujer. Además, propongo que cuando la vacante a cubrir correspondiera a un fuero en el cual las magistradas mujeres estén subrepresentadas, las vacantes sean cubiertas por candidatas mujeres”, entre otros.

Por otro lado, Pablo Hunger, politólogo y consultor en administración judicial, adelantó: “Lo que vengo a exponer son los resultados de mi investigación respecto al funcionamiento del Consejo de la Magistratura en las últimas dos décadas”.

“Cuando en el 2006 el oficialismo explicaba los objetivos de su reforma, estos no se cumplieron. Porque el Consejo no fue más ágil, no fue más eficaz en los procesos de selección, de sanción y de remoción de los jueces. A partir la Ley 26.080 se da un escenario de mayor participación de los estamentos partidarios, y del oficialismo en particular”, relató.

En ese contexto, opinó: “Creo que se puede hablar de equilibrio cuando no hay un poder hegemónico. Y creo que después de 25 años aproximadamente, podríamos coincidir en que la reforma constitucional y la redacción del artículo 114 tal vez se quedaron cortos en algunos aspectos, que podrían habernos evitado al menos 15 años donde esta cuestión de fondo que atañe al Consejo de la Magistratura fue judicializada y no tuvo respuesta”.

En tanto, recomendó que “hay consejos en el mundo que cuando entran en situación de parálisis tienen mecanismos para destrabarlos”, por lo que hay que “dotar de opinión no vinculante en los temas de modificación del Poder Judicial y administración de Justicia. Es muy importante establecer los criterios de gestión”.

En su intervención, el abogado Joaquín Da Rocha ponderó: “De la lectura que he hecho del texto del proyecto, diría que satisface las características mínimas que yo creo que debe tener una reforma para ser adecuada, y sobre todo útil. De estudios pasados yo creo que muchos de los defectos de otras reformas tienen que ver con los números. Yo creo que en este proyecto están bien en la integración”.

“Me adelanto a decir que cuando el presidente de la Corte era el presidente del Consejo no fue una buena experiencia”, cuestionó y sumó: “Si bien facilitó el encuentro con el más alto tribunal del país, por otra parte, también se sintió la presencia del presidente que ejercía ambos cargos en ambas entidades. Cuando salió el presidente de la Corte nos manejábamos con mayor igualdad”.

División de aguas

A su turno, César Antonio Grau, abogado e integrante del Ministerio Público Fiscal, señaló que “la finalidad mínima que tiene que tener esta ley es que sea constitucional, es decir que pase el filtro posterior del Poder Judicial. Y la segunda finalidad es que sea una mejora de la ley actual”.

“El tema esencial que divide las aguas en los trece proyectos presentados, aparte del que ya tiene media sanción, es la incorporación o no del miembro de la Corte”, indicó.

Respecto a este tema, manifestó que “la Constitución no previó el carácter contra mayoritario del Consejo como órgano porque previó precisamente un equilibrio estamentario. Y lo segundo es que la Constitución lo que quiso es garantizar la independencia de los jueces, y esta independencia tiene un doble sentido, horizontal, respecto al Ejecutivo, y vertical, de la Corte”.

Por otro lado, Grau precisó que “más de la mitad de los proyectos presentados contemplan la incorporación de la Corte en el Consejo”, y se preguntó: “¿Es posible esta incorporación? Sí, en el mundo hay modelos repartidos en este aspecto”.

“Podrían incorporarse ciertos contrapesos que hagan al equilibrio constitucional. En primer lugar, la duración del miembro de la Corte Suprema sea de un año, que sea rotativo. Por otra parte, podría retrotraerse la participación de los jueces a tres, más el de la Corte. Esto es un principio básico”, consideró.

En su exposición, el abogado constitucionalista Alfredo Vítolo sostuvo: “Hoy estamos acá porque una ley de 2006 fue controvertida y dictada inconstitucional”, pero señaló que “además de inconstitucional, era una ley débil porque había sido aprobada en el Congreso por estrictas mayorías partidarias, y no es un dato menor que una ley de esta naturaleza deba tener consenso fuerte”.

En ese sentido, subrayó que “en un tema como este se necesita una ley que tenga fuertes consensos democráticos que superen las limitaciones partidarias”, y opinó: “Creo que es una gran oportunidad para que nos tomemos el tiempo para que la ley sea la mejor ley posible, que tenga los fuertes consensos democráticos y supere cualquier cambio de gobierno”.

“La propuesta que viene del Senado solamente se acomodó a un legislador para incorporar algunos temas y conseguir el voto que faltaba, pero no es producto de un consenso. Ustedes tienen la posibilidad hoy de salir a buscar consensos fuertes”, cuestionó Vítolo.

Rol de las mujeres

Marcia Lozada Figueroa, presidenta de la Asociación de Magistrados y funcionarios Judiciales de Catamarca, destacó la importancia que en el ámbito del Congreso “se analiza y se resuelva la determinación de la configuración y funcionamiento de un órgano de origen constitucional”.

“En mi provincia funciona la comisión evaluadora, con competencia para sustanciar los procesos de selección de los magistrados del Poder Judicial que requieren acuerdo del Senado. El nuestro es un diseño académico, jurídico y técnico más que político. Ya que queda mayormente el espacio de la política reservado para la etapa del gobernador y el Senado que decidirán si aprueban o no el pliego en cada caso”, contó.

Por otro lado, se refirió a la cuestión de género: “Con relación a la perspectiva de género, en nuestro reglamento se incluyen normas que contemplan expresamente en el proceso de selección de jurados se hacen preguntas de género y derechos humanos. Y existe una norma que dispone expresamente que se observara a lo largo de todo el proceso de selección el principio de equidad entre el hombre y la mujer, asegurando en todas sus etapas la efectiva aplicación de este paradigma rector”.

Por consiguiente, ponderó el proyecto porque “tiene un gran avance en materia de género, donde se reconoce el importante rol de las mujeres en la construcción de nuestras instituciones. Es una medida de acción positiva que asegura un piso mínimo de participación”.

Al tener la palabra la abogada y profesora de Derecho, Natalia Volosin, sobre el proyecto que tiene media sanción del Senado señaló como aspectos positivos que “la integración que plantea supera el estándar que planteó la Corte y que no haya ningún estamento, ningún sector que tenga predominio uno sobre el otro. Esto no ocurre con la integración que se propone, sobre todo si pensamos en el quórum”.

“Si veo un problema en la eliminación de la segunda minoría, que ya se había hecho en el 2006, y en el 2003 e insiste de nuevo en esto que es inaceptable”, cuestionó y solicitó volver a la ley del 1997 que planteaba “que haya un Consejo de la Magistratura integrado por el sector político de una manera más plural. Tal vez les puede servir en el futuro, piénsenlo de esa manera”.

Otro de los aspectos que destacó es la paridad de género, pero señaló: “La integración en el caso del Poder Ejecutivo porque hay una mala concepción en lo que es en materia de género respecto a que sea por mandatos. Las acciones afirmativas tienen por objetivo reparar o corregir una situación de desigualdad histórica y estructural que tenemos las mujeres para acceder al Poder Judicial”, señaló que esto debe avanzar en la integración de los jurados, de las comisiones.

“Sería inaceptable que si sale esta ley nueva no establece al menos un cupo femenino con la integración de las ternas algo que no se respeta dentro del Consejo y que se tuvo que judicializar”, precisó y, en tercer lugar, ponderó la federalización que plantea el proyecto.

Respecto a las cuestiones negativas, enumeró: “La cuestión de la escuela judicial que son jueces y juezas que dan clases y cobran un segundo salario. Sostener esto es un papelón; eliminamos el principio de igualdad de trato y no de discriminación a los efectos de los concursos de quienes hicieron carrera judicial o en otro lado; la eliminación de los diputados del jurado de enjuiciamiento, no los pueden borrar de un plumazo; el tema del procedimiento de remoción porque se elimina el proceso de remoción por mal desempeño a quienes sean integrantes del sector político, parece un chiste”.

A su turno, el profesor de derecho constitucional e integrante de la Asociación Civil de Estudios Constitucionales, Pedro Caminos, señaló que lo importante cuando pensamos reformas institucionales es que “estamos, precisamente diseñando instituciones. Estamos tratando de crear, o de reformar instituciones para que perduren en el tiempo”.

Respecto a la necesidad de construcción de consenso consideró que hay que agregarle una perspectiva adicional: “Que es que en una democracia que funciona razonablemente bien, mayorías y minorías se alternan a lo largo del tiempo. Por lo tanto, tenemos que tratar de pensar la mejor reforma institucional posible para cualquiera de los lugares del mostrador que nos toque estar. Este tiene que ser el baremo para pensar una reforma institucional”.

Finalmente, sobre la discusión sobre la presencia de la Corte en el Consejo sostuvo que “debemos pensarla pragmáticamente, si no queremos que la ley sea nuevamente judicializada de forma predecible, entonces debemos incluir a la Corte Suprema de alguna manera en el Concejo”.

José Luis Lasalle, presidente del Colegio de Abogados de San Nicolás, y actual presidente de la Federación Argentina del Colegio de Abogados, destacó que, efectivamente, la intención de los convencionales del 94’ “fue de pasar de la partidización de un proceso de elección de magistrados, para pasar a un proceso de selección sobre la base de concursos públicos”.

Por esto, manifestó estar convencido “de que todo el tiempo que perdamos en debatir y en generar un consenso tan necesario para lograr una ley perdurable en el tiempo, se va a ganar en el futuro evitándose cuestionamientos, judicializaciones y diferencias que en nada contribuirán en ese objetivo fundamntal que es garantizar la independencia de la Justicia y fundamentalmente generar ante la sociedad civil una credibilidad hoy perdida en un gran porcentaje”.

Leandro Halperín, abogado y docente se refirió a las funciones originales del Consejo: “La Justicia es el sistema que debiera resolver conflictos cuando requieren del arbitraje estatal de manera eficaz. Interpretar si la Justicia funciona o no de esa manera es lo que motivó al constituyente en 1994 a crear el Consejo de la Magistratura, porque lo se consideraba era que la Justicia era ineficaz, lenta, cara, que su lenguaje era incomprensible, etc. y que los resultados eran escasos y frágiles. Varios años más tarde el diagnóstico de entonces no se aleja mucho en la actualidad”.

Respecto al proyecto con media sanción, lo primero que señaló es que “se distorsiona la representación popular. Porque si efectivamente se aprobase la nueva composición, el oficialismo pasaría a tener un 71% de la representación política, cuando en realidad la voluntad popular le da apenas por encima del 40, y en el Congreso también. Creo que debiera revisarse esta política”.

Y el segundo aspecto que cuestionó es “la politización del estamento de los académicos. Considero que no corresponde que sean los decanos quienes elijan los representantes de los profesores. Creo que la interpretación correcta de la representación de sus pares es si ellos elijen”.

Seguidamente, la politóloga y directora ejecutiva del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, Aldana Romano, señaló que para ellos es especialmente importante este debate: “Es uno de los pocos proyectos que nos entusiasma. Y creemos que estamos ahora sí ante un proyecto que puede realmente tener impacto en la calidad del sistema de Justicia penal, algo que nos preocupa y ocupa hace más de 30 años en la Argentina”.

En este sentido, profundizó: “Creemos que estamos ante una posibilidad única de mejorar la media sanción que viene del Senado, y encontrar un proyecto posible que pueda converger en una reforma que tenga impacto real en la calidad institucional. Si nos quedamos solamente en la conformación, para nosotros es una reforma insuficiente. El Congreso tiene que dar un mensaje claro para evitar tergiversaciones a la norma sobre dos aspectos claves: uno los concursos. Y el otro el tema de la administración”.

Martín Hevia, decano y profesor de derecho en la Universidad Torcuato Di Tella, remarcó que el fallo de la Corte Suprema “hizo que el debate público se concentrara en lo que hace a la integración del Consejo. Pero creo que también es una gran oportunidad para debatir sobre otras dimensiones relevantes”.

Y señaló que “uno de los grandes avances ha sido el sistema de concursos. En términos de la transparencia para el funcionamiento de la Justicia. Con el sistema de concursos disminuyó la discrecionalidad en la selección de magistrados, y eso creo que ha sido un gran avance”

“La Constitución cuando hace referencia al Consejo de la Magistratura menciona las funciones, entre otras cosas centrales es la selección de magistrados. Un siguiente salto de calidad podría ser un acuerdo o un consenso acerca de la discrecionalidad y del mérito basado en antecedentes de los candidatos. Creo que esta es una pregunta muy importante, cómo organizamos los concursos, y cuál es el papel que le vamos a dar en esa evaluación a la entrevista con candidatos, y cuánto pesa el examen”, concluyó

Finalmente, Martín Casares, magíster en Derecho Penal y consultor en Política Criminal y Justicia Penal, señaló que, en primer lugar, es “muy importante destacar la necesidad de una ley que sea con amplio consenso, para tener una ley duradera y que no estemos discutiendo una de las leyes institucionales más importantes del Poder Judicial cada cinco o seis años”.

“El fallo de la Corte destacó el equilibrio como tema central en el Consejo de la Magistratura por las funciones de seleccionar jueces, de administrar el Poder Judicial, y también de aplicar sanciones y de impulsar los procesos de remoción”, agregó, al tiempo que advitió que el Consejo de la Magistratura “es clave en la función de garantizar la independencia judicial, y volver un poco al objetivo que tuvo el constituyente a la ahora de incorporar a la Constitución esta figura”.

“En cuanto al proyecto, si bien puede ser que sea equilibrado en la cantidad de integrantes en los términos que definió el fallo de la Corte, me parece que el estamento político sigue siendo el de mayor tamaño, a su vez esto tiene la debilidad que deja de lado la tercera posición, la tercera mayoría. Yo me inclino por un modelo donde los tres estamentos tengan la misma cantidad de integrantes”, cerró el expositor.

Fuente: parlamentario.com

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