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Prisión efectiva para un hombre que tiroteó una casa en Navidad

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Carlos Nahuel Díaz Pintos pasó con su auto a alta velocidad frente a un domicilio. Le pidieron que circule con más precaución. Respondió primero con una piña y después con disparos de arma de fuego. Acordó una pena con la fiscala Leticia Pordomingo y el juez Carlos Chapalcaz.

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EL DIARIO digital

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Un hombre que disparó cinco veces contra una casa, luego de que su propietario le pidiera que circulara más despacio, fue condenado a un año y seis meses de cumplimiento efectivo, y además se lo declaró reincidente, por ser autor de los delitos de abuso de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal. El imputado permanece detenido.

El hecho se produjo en la Navidad pasada, cuando a las dos de la madrugada, Carlos Nahuel Díaz Pintos “transitaba a alta velocidad, en un Volkswagen Voyage y al detenerse en Víctor Lordi y 12 de Octubre”, Santa Rosa, un hombre le pidió que pasase “más despacio porque sus hijos menores estaban jugando en la calle”. El acusado respondió dándole un puñetazo.

Un rato más tarde, Díaz Pintos volvió a circular frente al mismo domicilio, donde la familia del agredido estaba “en medio de los festejos navideños” y efectuó “al menos cinco detonaciones de arma de fuego hacia el grupo familiar, sin alcanzar a ninguna persona”.

Tras dos llamados al 101, la policía detuvo al agresor mientras intentaba escapar del lugar y le secuestró un revólver calibre 32 largo, “con numeración limada y un proyectil en su tambor”, detalló el juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz, en la sentencia.

El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa de un juicio abreviado, ya que la fiscala Leticia Pordomingo, el defensor particular Juan Carlos De la Vega y el propio imputado (26 años), acordaron los hechos, la pena y la calificación legal y este último, además, admitió la autoría de los delitos. En este tipo de acuerdos, el juez no puede imponer sanciones más severas a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.

Chapalcaz, más allá del reconocimiento de Díaz Pintos, valoró como pruebas independientes las declaraciones de dos testigos presenciales, un informe del Centro de Control, Operación y Monitoreo de la Policía (Cecom), la inspección ocular y un reporte del Registro Provincial de Armas indicando que el acusado no estaba registrado ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) como legítimo usuario, y en razón de ello, no estaba habilitado para la tenencia, transporte o uso de arma de fuego en ninguna de sus categorías.

Oportunamente se le dio intervención a la asesora de Niños, Niñas y Adolescentes, y a la Dirección Provincial de Niñez y Adolescencia, en relación a la situación en la que se encontraban los hijos de Carlos Nahuel Díaz Pintos. La asesora solicita que una vez firme la sentencia, se ponga en conocimiento del mismo a la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia, y a la Dirección de Niñez y Adolescencia de la Municipalidad de Santa Rosa, quienes ya tienen intervención en la presente causa, para su toma de razón.

Violencia de género

En juez de control, Carlos Ordas, condenó a Fernando Sebastián Carlomagno a seis meses de prisión en suspenso, como autor del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, un hecho valorado en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contra la Mujer. La víctima fue una pareja.

A mediados del año pasado, cuando estaban viendo una película, el agresor, de 29 años, comenzó a celar a la víctima. Ella intentó huir, pero aquel la insultó y la empujó. Luego de dos horas de discusión, Carlomagno “quiso encerrarla en el baño y la tomó del cuello, tirándola en la cama, propinándole golpes con la mano abierta en varias partes del cuerpo (cabeza, brazos, piernas). La víctima logró evadirlo, pero él la persiguió 50 metros por la vereda y la introdujo, de los cabellos, nuevamente a la vivienda”, se expresó en el fallo. Las agresiones se habrían extendido durante dos años.

La sentencia de Ordas fue firmada en el contexto de un juicio abreviado, convenido entre el fiscal Walter Martos, el defensor oficial Pablo De Biasi y el acusado.

Además se le fijaron al imputado las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijar residencia y no ausentarse sin autorización de un juez, someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras, prohibición de acercarse a la víctima y a su domicilio y realizar un tratamiento psicológico.?

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