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El Banco Central impulsa el ingreso de dólares y limita operaciones de ejecutivos financieros

La entidad elimina el límite anual de US$ 36.000 que existía para los exportadores de servicios y aplica restricciones para los directivos bancarios que compran divisas y bonos.

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EL DIARIO digital

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En una jornada crítica para el Gobierno en el mercado cambiario, el Banco Central anunció medidas orientadas a incentivar la entrada de dólares al país y restringir operaciones de ciertos ejecutivos bancarios y sus familiares.

Entre las medidas, anunciadas el jueves por la noche, se eliminó el límite anual de US$ 36.000 para personas que exportan servicios, que hasta ahora debían liquidar sus ingresos exclusivamente en el Mercado Libre de Cambios. "A partir de la entrada en vigor de esta normativa, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados", indicó la entidad.

Con esta medida, los freelancers y profesionales que trabajan para el exterior podrán ingresar directamente sus dólares al sistema bancario argentino. Hasta ahora, muchos recurrían a billeteras digitales o criptomonedas para evitar restricciones y comisiones, pero ahora estos ingresos pasarán a engrosar las reservas del Banco Central.

En línea con esta disposición, se estableció que los bancos no podrán cobrar comisiones a personas humanas residentes por acreditaciones de divisas del exterior en sus cuentas en moneda extranjera. Esto aplica a ingresos por exportación de servicios, fondos propios o ayuda familiar, entre otras operaciones. La entidad aclaró, sin embargo, que se podrán trasladar los costos de servicios aplicados por bancos del exterior, siempre que estén debidamente documentados.

Por otro lado, mediante la Comunicación "A" 8332, el Banco Central incorporó nuevas restricciones para frenar la compra de dólares vía bonos, detectada en los últimos días. Estas medidas se aplicarán a clientes que sean:

Accionistas con 5% o más del capital o votos de una entidad financiera.

Directores, gerentes o autoridades máximas de entidades financieras locales o del exterior.

Síndicos o integrantes del Consejo de Vigilancia.

Funcionarios con rango de gerente o equivalente en entidades financieras.

Cónyuges, convivientes o familiares cercanos de las personas anteriores.

En estos casos, las entidades deberán exigir una declaración jurada comprometiéndose a no realizar operaciones de dólar MEP o CCL, por cuenta propia o de terceros, durante el acceso y 90 días corridos posteriores.

Con estas medidas, el Banco Central busca fortalecer las reservas mientras restringe prácticas financieras de alto riesgo entre ejecutivos del sector.

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