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EL DIARIO digital
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La jueza de control de General Pico, Ana Laura Ruffini, condenó a Gonzalo Gabriel Viale (26 años) a la pena de un mes y quince días de prisión de efectivo cumplimiento, tras homologar un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino y el defensor técnico Jerónimo Altamirano. El imputado fue considerado autor material de los delitos de agresión con arma y daño simple, en concurso real.
En el mismo fallo, dictado el pasado 31 de julio de 2026, la magistrada dispuso la absolución de Lara Agustina Riva (24) y Joel Axel Josué García (28), a quienes la Fiscalía desvinculó del hecho por aplicación del beneficio de la duda.
El hecho investigado ocurrió durante la madrugada del 10 de mayo de 2026, alrededor de las 00:50 horas, en la calle 104 bis de la ciudad norteña. Según el reconocimiento del propio acusado y el registro de cámaras de seguridad, Viale interceptó a un vecino Nicolás Díaz cuando este arribaba a su domicilio junto a su hija menor.
Tras arrojar un ladrillo contra el remís en el que se trasladaban e insultarlos, el agresor extrajo una cuchilla tipo carnicero de grandes dimensiones para atacar a la víctima. Pese a que el hermano de la víctima intentó defenderlo y ambos lograron refugiarse dentro de la vivienda, Viale continuó con el ataque: roció nafta sobre la vereda y la casilla de gas utilizando un bidón y desató un incendio con un encendedor y una tela.
Momentos después, cuando los residentes volvieron a salir al exterior, el imputado volvió a arremeter lanzando puntazos con la cuchilla contra Nicolás Díaz.
"Las evidencias colectadas y fundamentalmente las filmaciones de seguridad permitieron acreditar que fue Viale quien intentó agredir con el arma blanca y provocó los daños por fuego en la casilla de gas, sin participación activa de los otros acusados", fundamentó la Fiscalía al solicitar las absoluciones de Riva y García.
Pena cumplida y reincidencia
Al haber permanecido privado de la libertad bajo prisión preventiva durante la tramitación de la causa, la pena impuesta de un mes y 15 días se dio por cumplida. No obstante, por registrar un antecedente penal con pena agotada en 2019, la Jueza de Control lo declaró legalmente reincidente.
Por su parte, Riva y García fueron absueltos por el principio in dubio pro reo respecto de las acusaciones iniciales de hurto y daño. En el caso de una campera sustraída, la misma fue entregada en la Comisaría Tercera por la madre de Viale y restituida a su dueño.
La jueza también absolvió a Viale por la figura de robo simple en grado de tentativa, tras desestimarse un intento de arrebatar el arma reglamentaria a un efectivo policial durante su detención. La Fiscalía encuadró la maniobra como una "tentativa inidónea" o delito imposible, ya que la rápida intervención policial impidió poner en riesgo la custodia del armamento.
La sentencia ordenó la destrucción del encendedor, el bidón con restos de combustible y los hisopados periciales secuestrados durante los peritajes en el lugar del hecho.