La Pampa

Sancionan a infractores de la Ley de Conservación de la Fauna Silvestre en La Pampa

Aplicaron multa de  307740 a infractor
Aplicaron multa de $307.740 a infractor.
La Subsecretaría de Asuntos Agrarios de la provincia dictó penalizaciones económicas que alcanzan los 307.740 pesos. Las resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial, contemplan agravantes por reincidencia y responsabilidad solidaria en casos vinculados a la caza y pesca furtiva en el territorio provincial.

Escuchá esta nota

EL DIARIO digital

minutos

La Subsecretaría de Asuntos Agrarios del Ministerio de la Producción de La Pampa formalizó una nueva serie de sanciones administrativas aplicadas a ciudadanos que infringieron las disposiciones de la Ley Provincial Nº 1194 de Conservación de la Fauna Silvestre. Las penalizaciones económicas, contenidas en la última edición del Boletín Oficial de la provincia, fueron tipificadas de acuerdo al grado de la infracción y la reiteración de conductas prohibidas por la legislación ambiental vigente.

La sanción de mayor cuantía fue impuesta a Modesto Valentín Funes, quien deberá abonar un monto de 307.740 pesos bajo el régimen de responsabilidad solidaria. En la escala punitiva dispuesta por el organismo provincial le sigue el infractor Mario Sergio Vélez, sancionado con una multa fijada en 256.450 pesos.

Sanciones agravadas por reincidencia y responsabilidad solidaria

Las actuaciones administrativas contemplaron de igual modo la figura del agravante por reincidencia en la comisión de los ilícitos contra los recursos naturales. Bajo esta condición técnica y en carácter de responsables solidarios, Prudencio Ángel Antonio Ortega y Claudio Ezequiel Reyna recibieron una multa unificada de 205.160 pesos. Con idénticos atenuantes y obligaciones concurrentes, Facundo Emanuel Romero y Néstor Daniel Arraras fueron penalizados por un total de 153.870 pesos.

Por su parte, el infractor José Hernán Páez fue pasible de una multa de 138.320 pesos, fundamentada también en su condición de reincidente ante los registros de la autoridad de aplicación. Los restantes expedientes resueltos en el listado oficial determinaron obligaciones de pago para Paolo Esteban Ortellado por 69.160 pesos; Gustavo Ariel Córdoba, penalizado como reincidente con 36.309 pesos; y Miguel Alejandro Magallanes, quien deberá cumplimentar una tasa menor de 10.374 pesos.

Alcances de la legislación pampeana y secuestro de elementos

Las resoluciones dictadas por el Ejecutivo pampeano se encuadran en los mecanismos de fiscalización de la Ley Provincial Nº 1194, cuyo objeto primordial es regular la protección, conservación, propagación y el aprovechamiento racional de las especies de la fauna silvestre que habitan en forma permanente o transitoria en la jurisdicción, fijando los períodos de veda y los requisitos obligatorios para las prácticas de caza deportiva y comercial.

Desde la Subsecretaría recordaron que el marco normativo pampeano faculta a las fuerzas de seguridad y al personal de inspectores a proceder, además de la ejecución de las multas en dinero, al secuestro de los ejemplares de la fauna autóctona o exótica capturados. Asimismo, la ley habilita el decomiso preventivo y definitivo de las armas de fuego, artes de pesca, vehículos de transporte y cualquier otro elemento material utilizado por los infractores para cometer las transgresiones en las propiedades rurales o rutas de la provincia.

También te puede interesar...