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EL DIARIO digital
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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa rechazó un recurso de casación presentado por la defensa del abogado y exdirigente político santarroseño Juan Marcos Grotto y confirmó definitivamente la condena de tres años y seis meses de prisión que le fue impuesta por abuso sexual agravado contra una menor de edad.
La resolución fue dictada por la Sala B del máximo tribunal provincial, integrada por los ministros Fabricio Losi y María Verónica Campo, quienes declararon inadmisible la presentación realizada por los abogados Marcos Luis Paz y Vanessa Ranocchia Ongaro.
De esta manera, el STJ respaldó lo resuelto previamente por el Tribunal de Impugnación Penal, que había confirmado la sentencia dictada en julio de 2024 por la Audiencia de Juicio de Santa Rosa.
Grotto fue condenado por abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando una situación de convivencia preexistente. Según quedó acreditado en el juicio, los abusos ocurrieron durante varios años y la víctima era una hija de su entonces esposa.
En su recurso, la defensa sostuvo que la sentencia era arbitraria, cuestionó la valoración de los testimonios y pericias psicológicas, insistió en que no se había considerado adecuadamente el contexto de conflictividad familiar y también pidió revisar el monto de la pena.
Sin embargo, el Superior Tribunal concluyó que el Tribunal de Impugnación había analizado y respondido esos planteos, y que no existían elementos para considerar arbitraria la condena. Los jueces señalaron que la valoración de la prueba ya había sido revisada en la instancia anterior y que no se verificó ninguna vulneración de garantías constitucionales.
Respecto de la pena, el STJ sostuvo que la determinación del monto de la condena es una facultad propia de los tribunales de mérito y que solo puede revisarse en situaciones excepcionales de arbitrariedad manifiesta, circunstancia que no advirtió en este caso.
Antecedente
La decisión se conoce cinco meses después de que la jueza de Ejecución Penal Mónica Rivero le otorgara a Grotto la libertad condicional. El beneficio fue concedido luego de que el condenado obtuviera una reducción de cinco meses y cinco días en el cómputo de su pena por estímulo educativo, a raíz de cursos realizados durante su detención.
Grotto había comenzado a cumplir la condena de manera efectiva en abril de 2025, cuando quedaron agotadas las instancias ordinarias de revisión. Posteriormente accedió a la libertad condicional bajo las condiciones previstas por la ley de ejecución penal.
Con este nuevo fallo, el Superior Tribunal volvió a rechazar los cuestionamientos de la defensa a la condena dictada por los tribunales inferiores.