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EL DIARIO digital
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General Pico (Agencia) - La Justicia de Pico condenó a Alberto Damián Calderón a un año de prisión de ejecución condicional por el delito de estelionato, luego de determinar que vendió una camioneta pese a conocer que tenía una inhibición que impedía su transferencia registral.
La sentencia fue dictada por la jueza de Control de la Segunda Circunscripción Judicial, Jimena Cardoso, en el marco de un juicio abreviado acordado entre la Fiscalía y la defensa. Calderón fue hallado responsable de haber perjudicado económicamente a Alejandro Daniel Toselli, quien había entregado 13 millones de pesos por una Ford F-100 modelo 1996 que nunca pudo inscribir a su nombre.
De acuerdo con la resolución judicial, la operación se concretó el 12 de abril de 2025 en Embajador Martini. El imputado entregó la camioneta dominio BBW-765 a Toselli a cambio de dinero en efectivo y cheques, pero ocultó que sobre sus bienes pesaba una inhibición general ordenada por el Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras de Santa Rosa.
La medida había sido dispuesta el 31 de julio de 2024 e inscripta en el Registro de la Propiedad Automotor el 2 de agosto de ese año, en el marco de un reclamo de la Dirección General de Rentas de La Pampa contra Calderón. Según la jueza, el acusado "conocía la existencia de la restricción judicial" y omitió informarla al comprador.
El pago realizado por Toselli incluyó 4.390.000 pesos en efectivo al momento de la firma del boleto de compraventa y una serie de cheques de pago diferido por el saldo restante. Tras recibir el vehículo, el comprador intentó realizar la transferencia y descubrió la imposibilidad legal de concretarla.
Maniobra
En la denuncia incorporada al expediente, Toselli señaló que también había tenido inconvenientes anteriores con Calderón por la compra de rollos de alambre que nunca recibió. En relación con la camioneta, explicó que entregó dinero y valores "porque arreglamos que él me entregaba una camioneta y yo le daba la diferencia".
Durante la investigación, el damnificado sostuvo que el vendedor del vehículo sabía de la inhibición. "Al momento de transferirla me entero que Calderón estaba inhibido en Rentas desde el año 2024, de eso él tenía conocimiento porque lo habían notificado", declaró.
La Justicia consideró que la maniobra encuadró en el delito de estelionato, previsto en el artículo 173 inciso 9 del Código Penal, debido a que Calderón realizó una disposición sobre un bien afectado por una restricción legal, generando una apariencia de libre disponibilidad que llevó a Toselli a concretar la operación.
El acuerdo de juicio abreviado fue presentado el 26 de agosto de 2026 y el acusado reconoció su participación en los hechos, luego de ser asesorado por su defensor particular, Gabriel Goñi. La acusación estuvo a cargo del fiscal general Armando Agüero y del fiscal adjunto sustituto Matías Juan.
Además de la condena de un año de prisión condicional, Calderón deberá cumplir durante dos años reglas de conducta, entre ellas fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras.