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EL DIARIO digital
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Asimismo, el Ministerio Público Fiscal omitió investigar penalmente la declaración testimonial de Eduardo Ros, quien manifestó bajo juramento que el corredor inmobiliario Santiago Cairnie le había confirmado que los Sosa ejercieron coacción física y psicológica sobre Rincón para asegurar su silencio.
De forma paralela, en el fuero federal, el abogado patrocinante de Rincón, Javier Torroba, promovió una denuncia por el presunto delito de lavado de dinero. En primera instancia, el juez federal Juan José Baric desestimó la figura penal argumentando que la fiscalía no había profundizado la investigación y que las maniobras descriptas encuadraban en delitos comunes. Sin embargo, Torroba y el entonces fiscal federal Leonel Gómez Barbella apelaron dicha resolución.
El 26 de agosto de 2020, la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca revocó el fallo de Baric y ordenó investigar formalmente el lavado de activos, señalando que la instrucción penal ya se encontraba iniciada y contaba con medidas de prueba en curso que habían sido interrumpidas sin justificación.

El dictamen del tribunal de alzada requirió determinar con precisión las responsabilidades y los roles de Carlos Luján Sosa, su hijo homónimo (quien solicitó judicialmente el cambio de nombre), su sobrino Jorge Antonio Casais, su hermana Élida Esther Sosa, sus cuñados Juan Horacio de la Canal y Carlos Alfredo de la Canal, el intermediario Santiago Cairnie, el dirigente gremial Juan Pedro Fiorani, el abogado Román Fiorucci y la escribana Libertad Mirtha de Cavalli. No obstante la resolución de la Cámara Federal, las actuaciones en la sede judicial de Santa Rosa permanecieron paralizadas durante casi seis años.
En el último período, los actos de hostigamiento contra el damnificado se han intensificado. La vivienda familiar de la calle Felgueras, el único bien que Rincón conserva bajo su ocupación, continúa registrada a nombre de la hermana de Carlos Luján Sosa.
La ofensiva reciente incluyó gestiones virtuales ante las empresas prestadoras de servicios públicos para solicitar el retiro de los medidores de energía eléctrica y gas natural, invocando de manera apócrifa el nombre de Eduardo Ros. Las interrupciones del suministro se hicieron efectivas y obligaron a Rincón a acreditar administrativamente la posesión legítima del inmueble y la existencia del litigio judicial para lograr la reconexión.

Asimismo, el afectado denunció una irregular incursión policial en su domicilio. De acuerdo con el testimonio de Rincón, dos efectivos de la Policía de La Pampa ingresaron a la propiedad alegando la existencia de una denuncia telefónica por el supuesto delito de usurpación. Tras exigirles que depusieran su actitud ante la falta de una orden deallanamiento, el damnificado constató posteriormente en sede oficial que la comunicación telefónica que originó el procedimiento policial también había sido efectuada por una persona que invocó falsamente la identidad de Ros.