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EL DIARIO digital
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El Ministerio Público Fiscal (MPF) presentó un recurso de apelación contra la resolución que concedió la prisión domiciliaria a Jonathan Gunther, condenado por múltiples hechos de violencia de género. La fiscal calificó la medida de "arbitraria e infundada", advirtiendo que se está exponiendo a las víctimas a un riesgo mayor.
La justicia había otorgado el beneficio para que el condenado se hiciera cargo del cuidado de sus hijos, facilitando así que la madre pudiera trabajar y estudiar. Sin embargo, para el MPF, este razonamiento invierte los estándares de protección y vulnera el Interés Superior del Niño.
El primer argumento de la Fiscal de Ejecución Penal, Marisol Rodríguez, ante el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) radica en que la Ley 24.660 (Ejecución de la Pena) establece la prisión domiciliaria para la madre de un niño menor de cinco años, con el fin de evitar la institucionalización del menor.
Además, el MPF sostiene que este beneficio no se extiende de forma automática al padre, menos aun cuando el hombre es el agresor de la madre de esos niños. El padre podría llegar a acceder al instituto (en virtud de un análisis armónico de las normas nacionales y convencionales), siempre y cuando reúna todos los requisitos.
La fiscal también remarcó que los jueces no deben sustituir al legislador ampliando beneficios por fuera de lo que la norma indica expresamente.
El "falso empoderamiento" de la víctima.
La resolución apelada sostenía que la medida permitía el "empoderamiento" de la madre. El MPF rechazó este concepto de forma tajante y argumentó que se utiliza al agresor como un "cuidador funcional", lo que invisibiliza que los niños son víctimas indirectas de la violencia. Y consideró que colocar al condenado en el hogar familiar refuerza dinámicas de control y manipulación, en lugar de romper el ciclo de violencia.
"La seguridad de la víctima y los niños debe estar por sobre la organización familiar", enfatizó.
El Ministerio Público puso el foco en la integridad emocional de los menores, quienes han sido expuestos a situaciones de violencia intrafamiliar. Y planteó "quién garantiza que los niños no estarán en mayor vulnerabilidad con un padre que no ha realizado abordajes terapéuticos tras sus delitos".
Recordó también que la defensa no presentó certificados de trabajo o estudio de la madre, ni acreditó que la abuela paterna (quien cuidaba a los niños hasta ahora) estuviera imposibilitada de seguir haciéndolo.
Red de contención existente
Para la Fiscal, la medida no es "necesaria" ni "excepcional", ya que los niños no se encuentran en situación de desamparo material. Cuentan con una red de contención adecuada (madre y abuela) libre de violencia, la cual venía funcionando correctamente durante la detención de Gunther.
"Reconocer a los niños como víctimas indirectas de violencia de género obliga a considerar el daño que esta situación les provoca. Disponer que el agresor quede a cargo de su cuidado cotidiano es desatender su integridad psíquica y emocional", concluye el fundamento fiscal.
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