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EL DIARIO digital
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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (Sala A) declaró inadmisible el recurso extraordinario provincial presentado por Manuel Segundo Andrada en su conflicto laboral con el Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana (EMSHU) y dejó firme la sentencia de la Sala I de la Cámara de Apelaciones que había rechazado su demanda por considerar que el reclamo había quedado abstracto.
De este modo, el máximo tribunal provincial no ingresó al fondo de la cuestión y dio por concluida la vía judicial en una causa que había generado particular atención porque la propia Cámara había reconocido que el empleador incurrió en un uso abusivo del "ius variandi", es decir, de la facultad de modificar condiciones de trabajo.
El conflicto laboral
El caso se originó cuando Andrada, con más de una década de antigüedad en el EMSHU y con categoría de chofer, la más alta del convenio colectivo 40/89, fue desplazado de su función como supervisor general y notificado de que debía cumplir tareas de portería.
El trabajador rechazó esa decisión por considerarla una degradación funcional, no prevista en el convenio, y promovió una demanda judicial para que se ordenara el restablecimiento de sus condiciones laborales, al entender que se había afectado su dignidad profesional y que se trataba de un castigo encubierto bajo una supuesta reorganización interna.
El fallo de primera instancia y la Cámara
Antes de que se dictara sentencia, el EMSHU reasignó a Andrada a tareas acordes a su categoría de chofer, en la Planta de Transferencia. Con ese antecedente, el juez de primera instancia consideró que el reclamo había perdido objeto y declaró la cuestión abstracta, ya que el restablecimiento pretendido se había producido de hecho.
Esa decisión fue apelada por el trabajador. La Sala I de la Cámara de Apelaciones, integrada por las juezas Laura Torres y Marina Álvarez, confirmó el fallo, aunque realizó una aclaración central: ambas magistradas coincidieron en que existió inicialmente un ejercicio abusivo del ius variandi, al intentarse modificar sustancialmente las tareas del trabajador y degradarlo funcionalmente, con afectación moral y profesional.
Sin embargo, concluyeron que, dado que al momento de sentenciar Andrada ya se encontraba nuevamente desempeñando funciones de chofer, el conflicto había perdido actualidad y la Justicia no podía pronunciarse sobre un reclamo que había sido resuelto de hecho.
El recurso ante el STJ
Frente a esa decisión, Andrada interpuso un recurso extraordinario provincial ante el Superior Tribunal de Justicia. Alegó, entre otros puntos, la violación de normas de orden público laboral, el principio de irrenunciabilidad de derechos y sostuvo que, además del cambio de funciones, había sufrido una merma salarial superior al 50% por la eliminación de adicionales que percibía desde hacía más de doce años.
No obstante, el STJ con los votos de la vocal Verónica Campo y el presidente de Sala José Sappa resolvió declarar inadmisible el recurso por razones formales. El tribunal entendió que el planteo careció de la claridad y precisión exigidas para habilitar la instancia extraordinaria, al mezclar distintos tipos de agravios sin encuadrarlos correctamente en el remedio procesal elegido.
Además, señaló que el recurrente se limitó a expresar una interpretación distinta de los hechos y del derecho aplicado por la Cámara, sin demostrar un razonamiento absurdo que habilitara la revisión del fallo.