La Pampa

El STJ avaló la prisión preventiva por incumplir medidas de control

Los y la ministra del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa
Los y la ministra del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa.
Declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa de Juan Agustín Gallardo y dejó firme la prisión preventiva ordenada tras el incumplimiento de una medida judicial. Consideraron acreditado el riesgo de fuga mientras se revisa la condena —aún no firme— a ocho años de prisión.

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EL DIARIO digital

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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró inadmisible un recurso de casación presentado por la defensa de Juan Agustín Gallardo y dejó firme la decisión que ordenó su prisión preventiva hasta que termine el proceso penal en su contra. El planteo había sido presentado luego de que el Tribunal de Impugnación (TIP) confirmara la revocación de su libertad por incumplir medidas impuestas.

Gallardo, condenado a ocho años de prisión —sentencia aún no firme—, estaba bajo una medida sustitutiva que lo obligaba a presentarse semanalmente en una comisaría. En agosto, el Ministerio Público Fiscal pidió que esa libertad fuera revocada porque el imputado faltó a una de esas presentaciones. La jueza de Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción, Daniela Gianinetto, aceptó el pedido y ordenó su detención preventiva.

La defensa oficial apeló esa resolución alegando que se trató de un incumplimiento aislado y que Gallardo había demostrado voluntad de someterse al proceso. Sin embargo, el TIP rechazó la impugnación y esa decisión fue luego cuestionada mediante un recurso de casación presentado por la abogada particular Camila Aimar.

La defensa sostuvo que no estaban acreditados los "peligros procesales" —especialmente el riesgo de fuga— que justificaran la prisión preventiva, y señaló que la sentencia condenatoria no estaba firme, por lo que debía prevalecer el principio de inocencia. También cuestionó que no se consideraran medidas menos gravosas, como dispositivos de control o restricciones alternativas.

El Superior Tribunal descartó estos argumentos. En su resolución, los jueces Fabricio Losi y Hugo Díaz indicaron que la defensa no logró demostrar ninguna de las causales específicas que exige el Código Procesal Penal para habilitar la casación. Señalaron que el TIP ya había revisado la validez de la medida y que justificó adecuadamente su decisión en base a factores objetivos: el incumplimiento de la presentación policial y el hecho de que Gallardo está condenado a una pena de prisión, lo que incrementa el riesgo de fuga.

El STJ también rechazó que la prisión preventiva implique una "pena anticipada". Sostuvo que tanto la jueza de Audiencia como el TIP analizaron la situación bajo las normas procesales aplicables (arts. 245 y 247 del CPP) y que la medida responde a riesgos concretos para garantizar la continuación y efectividad del proceso.

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