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EL DIARIO digital
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Un hombre de 45 años fue condenado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional (en suspenso) tras ser hallado responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con daño.
La sentencia fue dictada este 17 de noviembre de 2025 por el Juzgado de Control a cargo de la jueza María Florencia Maza, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado.
El hecho imputado ocurrió el 8 de julio de 2025, alrededor de las 00:20 horas, en la vivienda de la víctima, con quien el condenado tiene una hija en común, aunque no mantenían una convivencia en pareja.
Según el acuerdo, el imputado se presentó en el domicilio de la mujer y, ante la negativa de ella de acompañarlo y la advertencia de llamar a la policía, se tornó violento: el agresor propinó un puntapié a la puerta de la vivienda, dañando la cerradura y logrando ingresar al domicilio.
Una vez dentro, tomó a la víctima de la ropa, la arrojó contra un sillón y le propinó un golpe a mano abierta en el rostro, causándole lesiones.
Durante un forcejeo, en el que intervinieron los hijos de la mujer para detener la agresión, el condenado mordió la oreja izquierda de la damnificada, provocando sangrado y lesiones.
La calificación legal aplicada por la jueza Maza fue Lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con Daño (Artículos 92, 89, 80 inc. 1º, 55 y 183 del Código Penal), enmarcando los hechos bajo la Ley 26.485 (Ley de Protección Integral de las Mujeres).
Dado que la pena de prisión fue suspendida, se impuso al condenado el cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años, que incluyen:
Restricción de acercamiento: Abstenerse de contactar o acercarse a la víctima a una distancia no menor a 200 metros de su domicilio o cualquier lugar donde ella se encuentre.
Tratamiento obligatorio: Participar en el Dispositivo Psicosocio Educativo de Atención a Varones Condenados por Violencia de Género, bajo la supervisión de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación.
Supervisión judicial: Fijar domicilio y someterse al control de la Unidad de Abordaje, compareciendo periódicamente ante dicho organismo.
En caso de incumplimiento de cualquiera de las reglas, la condena de prisión condicional podría ser revocada.