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EL DIARIO digital
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El Tribunal de Impugnación Penal confirmó la condena a Jesús Sebastián Vecerra a 4 años y 6 meses de prisión por el delito de homicidio culposo agravado, tras un siniestro vial ocurrido en diciembre de 2023 que le costó la vida a Melani González. La sentencia también incluye la inhabilitación para conducir por 10 años.
El hecho ocurrió el 15 de diciembre de 2023, en una esquina de Santa Rosa, cuando Vecerra cruzó un semáforo en rojo a bordo de una motocicleta en la que viajaba con González, su pareja. El impacto provocó que la joven sufriera graves fracturas en el fémur y la pelvis, que derivaron en múltiples complicaciones de salud. González permaneció internada de manera ininterrumpida en distintos centros de salud durante más de tres meses, hasta que falleció el 21 de marzo de 2024 como consecuencia de una falla multisistémica producto de esas lesiones.
La defensa
Durante el juicio, la Defensora Oficial María Silvina Blanco Gómez pidió que Vecerra fuera absuelto. Alegó que la muerte no se debió solo al accidente, sino a presuntas fallas médicas durante la atención hospitalaria. De manera subsidiaria, solicitó que el hecho se considerara como lesiones culposas y que la pena se redujera. También invocó la figura de la "pena natural", planteando que Vecerra ya sufría las consecuencias del hecho al haber perdido a su pareja y madre de sus cuatro hijos.
La decisión del Tribunal
Los jueces María Eugenia Schijvarger y Gabriel Lauce Tedin rechazaron todos los planteos de la defensa. Resaltaron que la prueba forense fue clara: el estado crítico y la infección que derivaron en la muerte de González fueron consecuencia directa del accidente vial.
El Tribunal sostuvo que no hubo pruebas que demostraran una mala praxis médica que pudiera interrumpir la relación entre el choque y el fallecimiento. Además, consideró que la "pena natural" es una herramienta que solo puede aplicar el Ministerio Público Fiscal como criterio de oportunidad, y no los jueces.
Al confirmar la condena, los jueces también valoraron que Vecerra tenía antecedentes por infracciones de tránsito y que incluso, después del accidente, fue sancionado nuevamente por conducir sin casco, sin licencia y en estado de ebriedad en 2024.
De esta forma, quedó firme la sentencia de primera instancia dictada en mayo de 2025 por el juez Gastón Boulenaz, que estableció la pena de prisión efectiva y la prohibición de conducir por diez años.