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EL DIARIO digital
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La Sala B del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa del empleado estatal Carlos Alberto Bafundo, condenado a un año de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de hurto calificado por escalamiento, tras ingresar a un depósito provincial y sustraer mercadería.
El fallo fue dictado el pasado 30 de mayo, y ratificó las decisiones tomadas previamente por el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) y por el juez de juicio de la Primera Circunscripción.
Según la sentencia, el 17 de mayo de 2024, alrededor de las 19:30, Bafundo escaló un portón de 2,40 metros de altura para ingresar al depósito del Ministerio de Educación, ubicado en la calle Chaco 1033 de Santa Rosa. Allí sustrajo prendas de vestir y diez cajas de zapatillas. Fue aprehendido por la policía mientras transportaba los objetos robados.
La defensa, a cargo del abogado particular Juan Carlos Resia, cuestionó el fallo por considerar que violaba el principio de presunción de inocencia y que la prueba contra su defendido era insuficiente. Argumentó que ningún testigo lo había visto cometiendo el delito y que fue detenido por error mientras llevaba una bolsa que, según su versión, había encontrado en la vía pública.
También sostuvo que el hecho no debió considerarse consumado, porque Bafundo no habría tenido tiempo para disponer libremente de los elementos sustraídos.
Sin embargo, el STJ desestimó todos los planteos. Sostuvo que el recurso de casación no puede usarse para revaluar la prueba, tarea que compete exclusivamente a los jueces de mérito. Además, consideró que la sentencia cuestionada ofrecía un razonamiento consistente sobre la responsabilidad penal del acusado y la tipificación del hecho como hurto calificado.
"El tribunal de mérito es libre en la valoración y selección de las pruebas", recordó el fallo, citando doctrina penal. Y concluyó que los argumentos defensivos no lograron rebatir las conclusiones del tribunal revisor, por lo que no había motivos suficientes para habilitar el análisis casatorio.
Con esta decidión, la condena contra Carlos Alberto Bafundo quedó firme y deberá cumplir un año de prisión efectiva. La instancia que le queda es ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.