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EL DIARIO digital
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Se trata de Juan Miguel Gil, quien había sido condenado en mayo del año pasado a dos meses de prisión en un juicio abreviado. Sin embargo, por distintos motivos, esa pena no se ejecutó de forma inmediata.
En su momento, una jueza decidió "diferir" el cumplimiento de la condena, es decir, postergarlo, y por eso se interrumpió el conteo del tiempo que marca la ley para que una pena prescriba (es decir, para que quede sin efecto por el paso del tiempo).
La defensa de Gil pidió que se declare prescripta la condena, pero tanto la jueza como el Tribunal de Impugnación rechazaron ese pedido. Ante esa situación, la defensa recurrió al Superior Tribunal de Justicia, que le dio la razón.
Los jueces del STJ, Fabricio Losi y Hugo Díaz, señalaron que la decisión de postergar el cumplimiento de la pena fue incorrecta porque la ley solo permite hacerlo en casos muy puntuales, como cuando la persona ya estuvo presa de forma preventiva, algo que no ocurrió en este caso.
Por eso, consideraron que nunca se debió frenar el conteo del tiempo legal, y que al haber pasado más de dos meses desde que la condena quedó firme la pena ya estaba prescripta.
En consecuencia, anularon las decisiones judiciales anteriores y declararon extinguida la condena.