La Pampa

Fallo judicial obliga a Pilotti S.A. a reinstalar a delegado sindical

La empresa también deberá abonar los salarios caídos desde el momento del despido, más intereses y una indemnización por daño moral.

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EL DIARIO digital

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La Sala 1 de la Cámara de Apelaciones de La Pampa ratificó el fallo de primera instancia que ordena la reinstalación de Juan Pablo Salinas Stoessel en su puesto de trabajo en Pilotti S.A., empresa frigorífica radicada en la provincia. El tribunal, integrado por las juezas Marina Álvarez y Laura Torres, consideró que el despido del trabajador, ocurrido en mayo de 2018, respondió a una práctica discriminatoria por su actividad gremial.

La sentencia también obliga a la empresa a abonar los salarios caídos desde el momento del despido, sumados a los intereses correspondientes, y establece una indemnización de $80.000 en concepto de daño moral. El fallo ratifica así lo dispuesto por el juez de primera instancia, Gerardo Bonino, quien en 2024 había declarado la nulidad del despido por considerarlo antisindical y ordenó su inmediata reinstalación.

Salinas Stoessel, delegado gremial en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Carne y Afines de La Pampa y Río Negro (SITICALP), fue despedido en mayo de 2018 por Pilotti S.A., que argumentó "acumulación de sanciones disciplinarias" como causa de la desvinculación. Sin embargo, el trabajador inició una demanda por considerar que el despido respondió a motivos antisindicales y no a causas objetivas, como sostenía la empresa.

El fallo de la Cámara respaldó esa versión al considerar probada la persecución sindical. En su sentencia, la jueza Álvarez expresó que "la desvinculación se produjo en un marco de discriminación antisindical, vulnerando el derecho de libertad sindical protegido por la Ley 23.551 y la Ley 23.592". Según lo acreditado en el expediente, Salinas Stoessel desarrollaba una intensa actividad gremial dentro del frigorífico, lo que, a criterio de la Cámara, motivó su despido.

Entre los testimonios presentados en el juicio, varios trabajadores afirmaron que las sanciones disciplinarias aplicadas a Salinas eran una forma de hostigamiento por su rol gremial. Incluso, se denunció que las llegadas tarde del delegado eran penalizadas con suspensiones de varios días, mientras que otros trabajadores no recibían igual trato por faltas similares.

Defensa empresarial y rechazo de la Cámara

Pilotti S.A. apeló la decisión del juez Bonino, argumentando que el despido obedeció exclusivamente a motivos disciplinarios, y no a una represalia por actividad sindical. La empresa subrayó que Salinas acumulaba sanciones desde el año 2003, lo cual justificaba su desvinculación. Además, cuestionó la reinstalación del trabajador, considerando "irrazonable" ordenar su retorno al puesto de trabajo seis años después de su despido.

La Cámara, sin embargo, desestimó esos argumentos y ratificó lo resuelto en primera instancia. "Las sanciones aplicadas a Salinas Stoessel carecen de justificación objetiva y evidencian una clara persecución gremial", señaló la sentencia. Además, remarcó que, al momento de ser despedido, el trabajador gozaba de la protección de tutela sindical que establece la ley para los delegados gremiales, lo cual impide su desvinculación sin causa justificada.

La jueza Álvarez también se refirió al incumplimiento de Pilotti S.A. respecto de la medida cautelar dictada en 2018, que ordenaba la reinstalación provisoria de Salinas. La empresa no acató esa resolución judicial, lo que derivó en la aplicación de astreintes (sanciones económicas por incumplimiento), sumando un monto adicional al costo que deberá asumir la firma.

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