La Pampa

Pornografía infantil: Absolvieron al empleado judicial, pero podrían investigarlo por otros hechos

El juez Aníbal Olié absolvió a Pablo Tesitore, a quien le habían imputado descargar y compartir más de 300 videos. Sin embargo, el juez remitió una copia de la sentencia a la Fiscalía General de Santa Rosa para que sea investigado por otros más de 1.000 videos e imágenes halladas en tres computadoras.

Escuchá esta nota

EL DIARIO digital

minutos

 Pablo Nicolás Tesitore, empleado judicial de Santa Rosa, fue absuelto este miércoles de haber facilitado y compartido más de 300 videos con contenido explícito relacionado con material de representación sexual de niñas, niños y adolescentes. En el mismo fallo, el juez Aníbal Olié remitió una copia de la sentencia a la Fiscalía General de Santa Rosa para que sea investigado por otros más de 1.000 videos e imágenes halladas en tres computadoras.

Tesitore llegó a juicio acusado de "haber descargado y compartido material con contenido de explotación sexual infantil (…), 316 videos en los que se observan niños, niñas y adolescentes practicando actividades sexuales explícitas mediante la red P2P eMule". Por ello fue acusado de facilitamiento y divulgación de representaciones de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales explícitas, como delito continuado agravado por ser las víctimas menores de 13 años.

Entre las pruebas producidas durante la investigación figuraron dos informes de la División de Análisis de las Telecomunicaciones (DAT) de la Policía de La Pampa acerca del peritaje a tres computadoras, que fueron secuestradas y sometidas a un procedimiento de recuperación de archivos eliminados. También hubo un informe de un perito de parte. Ambos peritos coincidieron en que no había rastros de los 316 videos –también se habló de 346– en esas computadoras.

Los jueces y juezas, al dictar una sentencia absolutoria o condenatoria, tienen que circunscribirse a los hechos descriptos en la acusación inicial y no pueden juzgar en el debate eventualmente hechos nuevos.

"Atendiendo a los hechos que formaron parte de la acusación, aquellos 316 videos (…), que en realidad se trata de 346 archivos de imágenes y videos (…), solo es posible señalar que ellos no se hallaron en los dispositivos secuestrados. No aparecen como archivos actualmente visibles, ni como archivos borrados, ni se recuperaron con el método utilizado por la DAT para archivos eliminados, ni aparecieron archivos 'thumbs' con dichas imágenes miniaturizadas que pudieran dar cuenta de que en algún momento esos archivos estuvieron en su computadora, ni cualquier otro indicio de su existencia en las computadoras secuestradas que eran utilizadas por el acusado. Esto fue explícitamente reconocido por la parte acusadora al formular su alegato de clausura", remarcó el juez Olié en el fallo.

Por eso el magistrado absolvió del delito de facilitamiento y divulgación a Tesitore, un empleado judicial de 41 años. Igualmente, en la sentencia quedó explicitado que en todos los videos exhibidos durante el debate se vieron "escenas sexuales de tipo explícito sobre personas que ostensiblemente eran menores de edad, algunas de ellas de muy escasa edad".

Olié agregó que "de la labor realizada por la DAT, surgió que en las tres computadoras utilizadas por el acusado se halló material que podría tener adecuación típica en normas del Código Penal vinculadas a la pornografía infantil. Muchas de ellas eran imágenes eliminadas que fueron recuperadas mediante el método carving; también archivos thumbnails (que son imágenes en miniatura que utiliza el sistema operativo), algunas de las cuales pudieron verse claramente mientras que otras se pixelaron al intentar ampliarlas".

"Además –prosiguió– se hallaron registros de búsquedas que la red eMule guarda en formato de texto y que responde a la actividad del usuario, en los cuales pudieron observarse claramente exploraciones inequívocamente vinculadas a obtener resultados de menores en actividad sexual explícita; videos descargados con nombres alusivos a pornografía infantil".

De esa labor pericial surgieron más de mil archivos con contenido relacionado al abuso sexual infantil, "pero ninguno de ellos pudo ser relacionado con los videos aludidos en la acusación fiscal", sostuvo el juez.

Como consecuencia de esa "innumerable cantidad de hechos que podrían tener adecuación penal a partir de los hallazgos efectuados por la pericia de la DAT, y que no formaron parte del objeto procesal", es decir de la acusación, fue que Olié estimó conveniente remitir una copia de la sentencia a Fiscalía General "a fin de que –si lo estimara procedente– instar una investigación fiscal preparatoria en relación" a esos videos e imágenes. Ello significa que el imputado podría afrontar una segunda causa penal.

Durante el debate oral, Tesitore admitió que en ocasiones buscaba pornografía, pero aclaró que luego de descargar el material, "eliminaba instantáneamente las cosas que no correspondían (...) Si en algún momento hubo una milésima parte de algo que se compartió no fue mi intención, por ahí fue un mal uso del programa".

La fiscala Cecilia Molinari había pedido una pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo y que los hechos sean valorados "con perspectiva de género y de niñez ya que las víctimas fueron prácticamente todas mujeres/niñas".

El defensor particular, Gastón Gómez, planteó desde un principio el pedido de absolución del imputado a partir de que los peritos no hallaron los más de 300 archivos en las PC peritadas.

Finalmente, el juez subrayó que "los tres dispositivos donde estaba descargado el programa eMule y que fueron secuestrados y sometidos a pericia, dieron como resultado que no se hallaron ni los archivos referidos en la acusación, ni rastros que pudieran dar cuenta de que hubieran transitado por las PCs sobre las que tenía acceso el acusado. No puede entonces sostenerse un indicio que va expresamente en contra del resultado de la pericia informática"

También te puede interesar...