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EL DIARIO digital
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El juez Carlos Besi (foto) condenó a 9 años de prisión a un hombre por el abuso sexual agravado durante 10 años de su hija menor de 18 años. Hasta que la condena quede firme continuará con arresto domiciliario con vigilancia policial electrónica. La fiscala Verónica Ferrero, durante el juicio, había solicitado 10 años de prisión, mientras que la defensa, ejercida por Alejandra Lezcano López y Omar Gebruers, había alegado por la inocencia.
Para el juez, durante el debate quedó probado que "sin poder precisar fechas exactas (entre 2011 y 2021), pero sí como último de los hechos el 23 de noviembre del año 2021, en reiteradas oportunidades abusó sexualmente de su hija, desde los 4 años hasta los 7 años de edad, mediante tocamientos y obligándola a que le practique sexo oral, y desde los 7 años hasta los 14 años de edad, aproximadamente, con acceso carnal vía vaginal. Todos los hechos ocurrían en el interior de la vivienda donde convivió con su padre sita en ( ), en horario nocturno, en la habitación del imputado".
En parte de la extensa fundamentación del fallo, Besi expuso que "del análisis probatorio precedentemente efectuado, se desprende que la narración de los hechos que la menor ( ) realizara primero a su madre, luego en la denuncia que ésta plasmara, seguidamente también relatando los hechos a las profesionales de la OAVyT, en su declaración testimonial receptada a través del dispositivo de cámara Gesell y por último en la pericia psicológica efectuada en la que participaron la Lic. Carretero y el Lic. Lalli, siempre fue la misma no advirtiéndose variación alguna en su relato, haciendo mención siempre que fue desde los 4 años de su edad hasta los 14 años, obvio todo ello aproximadamente".
Agregó que "del informe de cámara Gesell de fecha 23 de diciembre de 2021, se dejó constancia "Puede ofrecer indicadores de tiempo, del modo en que se habrían producido estos intercambios y otros datos que resultan coincidentes con lo denunciado".
Además, "se dejó plasmado y lo cual fue ratificado en el debate oral, "No se registran en la peritada signos determinantes de conducta de fabulación...; tampoco se registran indicadores de influencia de terceros o manipulaciones que condicionen su relato".
El fallo condenó al hombre "como autor material y penalmente responsable del delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal, agravado por haber sido cometido por el ascendiente y contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo, todo ello como delito continuado, en calidad de autor, en el marco de las Leyes 26061 -Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes-, y 26.485 -Protección Integral a las Mujeres-, a la pena de Nueve Años de Prisión con más la accesoria del art. 12 del C.Penal; con Costas.
Mantuvo el "Arresto Domiciliario con vigilancia policial electrónica permanente del condenado, como así la prohibición de contacto por cualquier medio y forma con la víctima y su mamá, oportunamente dispuesta por el juez de control, hasta la finalización del presente proceso".