La Pampa

A 31 años de la tragedia más grande

Doce jóvenes detenidos, ninguno condenado ni acusado por delitos graves, perdieron la vida asfixiados el 27 de julio de 1991, porque los representantes del Servicio Penitenciario Federal privilegiaron "la seguridad interna" a la vida humana.

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EL DIARIO digital

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Se cumplen este 27 de julio los 31 años de la tragedia más grande ocurrida en la provincia, cuando 12 internos de la Unidad 13 –hoy cárcel de mujeres, en aquel momento cárcel de procesados- murieron asfixiados en el Pabellón 4. El doloroso episodio quedó impune.

Apenas había pasado la medianoche que dividió al 26 de julio del 27 de julio de 1991 cuando se inició el fuego fatal. El desinterés del Servicio Penitenciario Federal por la vida de las personas que estaban detenidas tuvo una consecuencia trágica: murieron asfixiados 12 jóvenes, pobres, inocentes y tan olvidados entonces como hoy.

Ese 27 de julio del '91, la fatalidad fue paradigmática del sistema carcelario y del modo en que funcionan las cosas, muy especialmente en esa época de globalización y capitalismo exacerbado, cuando el discurso represivo tenía enorme potencia y los derechos de las personas privadas de su libertad ni estaba en debate público. Algunas cuestiones cambiaron justamente a partir de esa tragedia.

Pero los responsables del dolor inconmensurable de 12 familias, protegidos políticamente, por la corporación penitenciaria y también por la Iglesia Católica, se mantuvieron poco menos que impunes, porque las condenas judiciales -menores y retardadas- nunca fueron efectivas.

Perdieron la vida Héctor Nicolás Gómez, Julio Américo Ibáñez, Antonio Alfredo Mansilla, Ángel José Mazzina, Jorge Agustín Mercado, Miguel Oscar Oviedo, Juan Carlos Pacheco, José Oscar Quintín, Gustavo Alejandro Rasquin, Juan José Rodríguez, Santiago Luis Santillán y Alejandro Víctor Silva.

La Justicia Federal consideró probado que hubo responsables de apremios ilegales previos a la tragedia: fueron los guardias Alfredo Alejandro Cardozo, Alejandro Miguel Ángel Trinak, Marcelo Fabián Violet, Luis Alberto Labraña, Fabián Carlos Adolfo Loliger, José Adán Rodrigo, José Ariel Bravo, Miguel Ángel Marino, Guillermo Pedro López, Carlos Alberto Suárez, Jorge Alberto Paz, Juan Domingo Segundo, Rubén Mario Gouts, José Luis Farías y Walter Darío García.

Los hechos

Los hechos ocurrieron en el pabellón 4 de la entonces cárcel de procesados. Y fueron una demostración de cómo funciona el sistema carcelario.

Se privilegió la "seguridad interna" a la vida humana. Los muertos eran todos procesados, y por delitos menores. Es decir: no había nadie ya condenado por haber cometido algún delito.

Si en ese momento se hubieran aplicado las normativas que la Corte Suprema de Justicia impuso desde hace algunos años, evitando las prisiones preventivas sobre todo en casos de delitos que no son graves, ninguno de esos jóvenes hubiera estado preso.

En los días previos algunos detenidos iniciaron una protesta porque no se permitían visitas. Hubo dos jornadas de tensión y conflicto. El director del penal, Mario Benéitez dijo entonces que había "un pequeño problemita, absolutamente controlable". En esas horas los guardias -según comprobó la investigación judicial- golpearon a los presos de manera reiterada.

Eso exacerbó los ánimos y la protesta derivó en un clásico: para evitar nuevos apremios individuales, los detenidos de distintos pabellones pusieron contra las rejas de ingreso al pabellón, para protegerse de los guardias, colchones, frazadas y otros elementos.

El SPF llamó al juez federal de entonces, Jorge Bonvehí (después fiscal del Tribunal Oral Federal). Pero Su Señoría no quiso acudir hasta el pabellón. Dijo que atendería a un par de delegados, en las oficinas. Cuando sacaron del pabellón a los delegados Pedro Trinak y Víctor Montecino, los hicieron caminar entre dos largas filas de decenas de guardias. Cuando sintieron que los empezaban a golpear otra vez, se escuchó el grito: "¡Prendan fuego!".

El fuego se prendió, y fue fatal. Ningún guardia estuvo preso, Bonvehí no tuvo que dar explicaciones y Montecino fue el que peor la pasó judicialmente, acusado por "instigación al incendio".

El privilegio de la "seguridad interna"

Los movimientos penitenciarios habían sido paradigmáticos. El director del penal Mario Benéitez demostró que el peligro estaba en su radar. Porque tomó la precaución de mudar a su familia, que residía en una vivienda contigua al penal.

Sin embargo, ni había llamado a los bomberos para que estuvieran en la zona de modo preventivo. Cuando lo hizo, era tardísimo. El entonces jefe de Bomberos, Raúl Bustamante, dijo: "No sé para qué nos llamaron; cuando llegamos estaba casi todo quemado". Además, el director del penal tuvo el detalle de pedir que no encendieran las sirenas, para no alarmar a la población y sostener la "seguridad".

Los presos murieron por responsabilidad de los guardias. Cuando prendieron fuego, las puertas no se abrieron pese a que el personal del SPF tenía la posibilidad de hacerlo: la pericia demostró que esas puertas no tenían alta temperatura y además abrían hacia el lado de afuera. La vida de los detenidos no importó. Se privilegió la llamada "seguridad interna".

Las muertes se produjeron por asfixia, porque se utilizaban colchones de "goma espuma" elaborados con un material proclive a esa intoxicación en pocos minutos. Después de esa tragedia, se prohibió en las cárceles de todo el país utilizar ese tipo de material.

Durante el proceso judicial, Benéitez fue protegido por la Iglesia Católica y además de gozar de impunidad no tuvo condena social. Llegó a ser dirigente de la Cooperativa Popular de Electricidad. Las "marchas de silencio" que se organizaron para pedir justicia, cada viernes a la noche, fueron escasas y terminaron extinguiéndose. La comunidad santarroseña también le dio la espalda a ese pedido, porque las víctimas eran feas, sucias y malas.

La causa judicial sufrió retrasos permanentes y una primera resolución del sumario interno que inició el SPF demoró nada menos que una década. Con enorme demora, nada menos que 7 años, a Benéitez le tocó una condena a 4 años de prisión, que no se hicieron efectivos.

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