La Pampa

Investigadoras del CONICET reivindican la “participación de la víctima” en procesos penales

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Las antropólogas Carla Daniela Villalta y María Florencia Graziano llegaron a capacitar sobre "Justicia restaurativa", en un contexto en el que hay un fuerte lobby corporativo y mediático contra la Oficina de la Víctima, profesionales de la Psicología y la perspectiva de género.

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EL DIARIO digital

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Dos investigadoras del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet), Carla Daniela Villalta y María Florencia Graziano, destacaron la importancia de “la participación de la víctima” en el avance de la llamada “justicia restaurativa”.

Las profesionales brindaron una capacitación sobre el tema a magistrados, autoridades y trabajadores del Poder Judicial y a agentes de la Administración Pública provincial, en el marco del nuevo Procedimiento Penal para Adolescentes.

La postura que dejaron sentada tiene especial actualidad en nuestra provincia, en el contexto de un lobby mediático y corporativo para boicotear a los fallos judiciales con perspectiva de género. Como parte de esa ofensiva a la que se subieron varios profesionales, e incluso el Colegio que los agrupa (ver aparte) hubo ataques al papel de profesionales de la Psicología que intervienen en causas judiciales y más claramente a la Oficina de la Víctima.

Justamente el rol de la víctima, la riqueza de su posible incidencia en el resultado final del proceso, es lo que Villalta y Graziano pusieron de relieve.

La actividad se tituló “Justicia restaurativa: conceptos, herramientas y experiencias”, fue presencial, se desarrolló en el auditorio de la Dirección Provincial de Vialidad y contó con la asistencia de 60 operadores judiciales y 20 del Poder Ejecutivo.

Las personas involucradas, participando en la solución

“El eje central de lo que se denomina justicia restaurativa es que todas las personas involucradas en un conflicto penal, en un delito, participen de su solución. Una de las distinciones novedosas de esta herramienta es la participación de la víctima, ya sea una persona, una comunidad o un barrio. La idea es que esa víctima pueda decirle a un juez o una jueza cómo quiere que resuelva el conflicto y cómo quiere ser resarcida”, explicaron las expertas.

antorpologas

Con la aprobación de la ley provincial 3353 se instituyó en La Pampa el Procedimiento Penal para Adolescentes -que reemplaza al Régimen de Protección a la Minoridad-, el cual incorporó nuevos derechos y paradigmas relacionados con los destinatarios de la norma, jóvenes de 16 y 17 años que pueden ser declarados autores de delitos, pero no penados hasta no cumplir la mayoría de edad. Para ello, los operadores deben tener una formación especializada en materia de niñez y adolescencia.

“Si bien hablar de justicia restaurativa es novedoso, ya se viene promoviendo desde la década del ’90. Lo que se busca es abordar los conflictos con la intervención de todos los implicados en un delito, y que tanto el adolescente como los damnificados piensen es cómo resolverlos”, indicaron Villalta y Graziano, que además son antropólogas. Agregaron que “ese abordaje hay que hacerlo de manera tal que no implique una punitivización, sino que genere una instancia de responzabilización y de restitución de derechos vulnerados”.

Más escucha: necesidades satisfechas

Más adelante, las investigadoras del CONICET resaltaron que “la experiencia demuestra que así una persona se siente más escuchada, y que sus necesidades pueden ser satisfechas de una forma distinta a la de la administración de justicia tradicional. Por ejemplo, quizá para alguien al que le robaron un celular, lo más importante no sea su valor material sino las fotos que tenía almacenadas. A su vez, al escuchar esa historia, el adolescente puede cambiar su percepción del conflicto”.

Las profesionales subrayaron que la justicia restaurativa “no pretende ser un procedimiento alternativo al sistema tradicional, sino complementario. Pretende recomponer las relaciones sociales, siempre teniendo en cuenta las garantías de las que goza un adolescente en el proceso penal. Por eso decimos que no vinimos a decir qué hay que hacer, sino a detallar cómo puede materializarse este procedimiento”.

Villalta y Graziano detallaron que hubo y hay iniciativas sobre el tema en Córdoba, Neuquén, La Plata, Tierra del Fuego y tres partidos del Gran Buenos Aires (La Matanza, San Martín y Lomas de Zamora).

Ellas llegaron a Santa Rosa a brindar la capacitación en el contexto de un acuerdo firmado oportunamente con el Poder Judicial que se denomina “Programa Nacional de Ciencia y Justicia”, y que fomenta los vínculos entre la comunidad científica y los Poderes Judiciales, Ministerios Públicos y Defensorías de todo el país.

La ley 3353 establece, como principios generales, en su primer artículo que se debe “garantizar en forma integral la protección de los derechos de las/os adolescentes en el territorio de La Pampa”; y que ese compromiso debe completarse “con el piso mínimo de derechos fijado por la legislación nacional e internacional de derechos humanos de la infancia vigente en la República Argentina, siendo los tratados y compromisos internacionales parte integrante de esta ley a los fines de su interpretación y aplicación”.

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