Un hombre fue condenado a 3 años de prisión por tenencia de 107 imágenes y 235 videos sexuales explícitos de menores de 18 años. La sentencia, este jueves, fue del juez Gabriel Tedín.
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EL DIARIO digital
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No hay datos de edad, profesión y residencia del condenado, debido a las restricciones que tiene la difusión de la sentencia de este tipo de delito. El fallo está publicado en el sitio de la Justicia de La Pampa.
La audiencia de juicio fue realizada este jueves. Participaron el juez Tedín, el fiscal Walter Martos y el defensor particular, Benjamín Eugenio Ortiz.
El hecho imputado al condenado fue que "mediante sus correos electrónicos y utilizando IP que fueron otorgadas por empresas prestatarias de Internet , divulgó imágenes y videos de contenido sexual que involucra a menores de edad".
Esas imágenes y videos fueron detectados y reportados por la red 24/7.
La Red 24/7 tiene como propósito facilitar la aplicación directa de las siguientes medidas: a) el aporte de consejos técnicos; b) conservación de datos según lo dispuesto en los artículos 29 y 30 del Convenio; y c) recolección de pruebas, aporte de información de carácter jurídico y localización de sospechosos.
La Unidad 24/7 funciona en la órbita de la Dirección Nacional de Asuntos Internacionales dependiente de la Unidad de Coordinación General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y actuará en forma coordinada con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto como órgano central de cooperación internacional en materia penal y en las solicitudes de asistencia mutua. Está compuesta por los funcionarios y el personal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
La Red 24/7 informó a la Unidad Fiscal Especializada en delitos y contravenciones informáticas del MPF de Buenos Aires en razón del convenio firmado con la organización NCMEC.
Esos envíos se detectaron el 6 de agosto de 2020 a las 7.53 horas. El imputado "almacenó en el teléfono celular Samsung modelo SM-A205G, ciento siete imágenes de representación de menores de edad dedicado a actividades sexuales explícitas, así como también treinta y cinco videos de la misma índole; así como también de un pendrive marca Kingston modelo color azul y plateado de 4GB de almacenamiento, se encontraron doscientos treinta y cinco (235) videos de representaciones de menores de edad dedicado a actividades sexuales explícitas y de la Notebook LENOVO (modelo G470), 14 imágenes eliminadas de la mismo índole"".
La calificación legal del delito fue "divulgación y distribución por medios informáticos de representaciones de menores de dieciocho años dedicados a actividades sexuales explícitas en concurso real con tenencia de material informático de representaciones de menores de dieciocho años dedicadas a actividades sexuales explícitas (arts. 128, 1º párrafo y 2ª párrafo, 55 y 45 del Código Penal)".
Además por condena condicional le ordenaron "someterse al contralor de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal; y realizar tratamiento psicológico el cual podrá realizar en el ámbito público o privado, hasta la obtención del alta médica o vencimiento de las reglas de conducta impuestas (arts. 27 bis inciso primero y sexto del Código Penal)".
Una vez que la sentencia esté firme, se debe comunicar al "Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de Condenados por Delitos contra la integridad sexual".