El médico forense Raúl García García y el policía Mario Alberto Morales fueron condenados este lunes por la Audiencia de Juicio de Santa Rosa, que los inhabilitó en forma perpetua para ocupar cargos públicos.
Escuchá esta nota
EL DIARIO digital
minutos
El médico fue condenado por haber extendido un certificado médico falso y el policía por usarlo.
El primero recibió una pena de dos años y seis meses de prisión y una multa de 50.000 pesos, y el segundo, de dos años y un mes de prisión. En ambos casos, serán de ejecución condicional.
Apenas un mes atrás, García García fue reconocido por el Superior Tribunal de Justicia por sus 30 años de servicio en el Poder Judicial de la provincia.
Los jueces Gastón Boulenaz, Carlos Besi y Andrés Olié, con las pruebas reunidas durante el debate oral, dieron por probado que el 24 de octubre de 2018 el psiquiatra García García confeccionó un certificado médico “haciendo constar -falsamente- que había atendido a Morales, prescribiendo 30 días de inasistencia en sus labores como agente policial”.
El documento fue presentado por Morales en el ámbito de la Policía provincial a fin de justificar sus inasistencias entre el 24 de octubre y el 23 de noviembre de 2018, percibiendo íntegramente sus haberes mensuales, sin el descuento que habría correspondido.
En cambio, el forense de 65 años fue absuelto por la prescripción de otros siete certificados: uno al propio Morales y el resto a otros dos policías. Morales (40 años) también fue absuelto por el uso de ese segundo certificado.
En los alegatos del juicio, el fiscal Guillermo Sancho solicitó para García una condena de dos años y ocho meses en suspenso, la inhabilitación perpetua y el máximo de la pena accesoria de multa del artículo 22 bis del Código Penal (90.000 pesos), ya que sostuvo que “no quedaron dudas que, al cobrar esos certificados, persiguió un ánimo de lucro”. A su vez, para Morales, requirió dos años y tres meses de ejecución condicional y la inhabilitación perpetua.
Los defensores de García García -Rodrigo Villa y Seila Domínguez Ardohain- y de Morales -Vanessa Ranocchia Ongaro- alegaron en cambio por la absolución de ambos.
La Audiencia terminó condenandi al psiquiatra forense como autor del delito de extensión de certificado médico falso, en concurso ideal con fraude en perjuicio de la administración pública –en carácter de partícipe necesario-; y a Morales por uso de certificado médico falso, en concurso ideal con fraude en perjuicio de la administración pública.
Filmado.
Los jueces, a pedido de las defensas, rechazaron una de las pruebas que había en la causa donde otro agente policial había filmado la entrega de uno de los certficados.
El policía, fingiendo tener problemas de salud, se contactó con García García para conseguir un certificado médico, previo pago de 2.800 pesos. éste le fue entregado por la esposa del médico, en su propia casa, y el policía filmó ese acto a través de una cámara oculta.
Boulenaz, Besi y Olié indicaron que la conducta del agente –que actuó bajo órdenes del Ministerio Público Fiscal– “debe ser invalidada, por cuanto su actuación no cumplió con el estándar constitucional para que su actividad pueda ser homologada, en tanto quebrantó la inviolabilidad de las comunicaciones privadas”. Por lo tanto, al caerse esa prueba, se cayó también la acusación contra el médico por ese certificado.
Con respecto a la entrega de cinco certificados a un tercer policía (de apellido Cano), García García fue absuelto por el beneficio de la duda. ¿Por qué? La Audiencia expresó que “si bien en la conversación telefónica (entre la esposa del médico y ese policía) trasuntó el mismo modus operandi que el analizado con relación a la situación de Morales, hubo situaciones que lo diferenciaron” y, por lo tanto, no permitieron llegar a la misma conclusión.
En esa charla no surgió “de modo indubitable” que el psiquiatra “haya confeccionado alguno de los certificados sin haber asistido personalmente a Cano. Otra “duda razonable” fue que de la planilla de licencias del policía no apareció que se las otorgaran en octubre de 2018 –cuando el contacto telefónico había sido a fines de ese mes– y que la primera licencia de noviembre fue la del día 7 y por 72 horas, fecha que “no guardó relación con el certificado suscripto por el acusado”.