El viejo esquema, la incorporación del FoCoCO y la necesidad de una sustentabilidad a largo plazo. El gráfico muestra la variación del índice general del artículo 4° de la ley 1.065, correspondiente a Santa Rosa y General Pico.
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EL DIARIO digital
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La Pampa adopta distintos criterios para la distribución de su masa coparticipable.
Hasta mediados de la década de 2000, la provincia distribuía la totalidad de los fondos coparticipables mediante una combinación de factores: cuotas iguales, población, recursos propios, devengado por impuestos inmobiliarios y vehículos.
Ese índice se mantiene en la actualidad pero se combinan los indicadores que incluyen el índice que se obtiene con la ponderación descripta líneas arriba, con un factor que considera la proporción de la población de cada comuna en relación inversa y con el criterio establecido en la ley de Descentralización.
Fue a partir de 2008, con la creación del FoCoCo, que se agregó al régimen general un nuevo criterio para distribuir los recursos, que considera la población proporcional de cada municipio en relación inversa. Este factor se utilizó además para conformar los índices de distribución secundaria de los recursos proveniente de regalías-segunda-etapa (50%) y el FoFeSo (10.87%), que luego dejó de existir.
Así se pretendió favorecer a las comunas más pequeñas, de manera de atenuar la brecha horizontal.
Los recursos que se distribuyen mediante la Ley de descentralización resultan teóricamente del "consenso" de los integrantes del Consejo Provincial de Descentralización, formado por el Ejecutivo y por integrantes de cada microrregión.
El trabajo de análisis presentado en estos artículos señala que si se considera la relación de cada segmento poblacional y se compara específicamente con Santa Rosa, se observa que los municipios de menos de 3.000 habitantes mejoran hasta en 1,4 veces su relación durante el año 2015 en comparación con el año 2005; mientras que, los demás, se mantienen.
Sustentabilidad a largo plazo

El gráfico muestra los recursos que conformaban la masa coparticipable de La Pampa al año 2017 (después, se cayó el Fondo Federsal Solidario)
Entre los problemas que quedaron sin resolver con los cambios en la coparticipación que se hicieron ya entrados los años 2000, se incluye que un porcentaje importante de los recursos coparticipables están vinculados a fuentes de financiamiento que -por sus características particulares- no son controlables desde la política fiscal y presupuestaria de la provincia.
Así lo señala el informe de redistribución del contador Gastón Bonacci, en alusión a las regalías hidrocarburíferas y a los derivados de los derechos de exportación a la soja, un fondo que quedó anulado después de ese informe. El análisis destaca que el fondo de las regalías es "agotable".
Se insiste en la necesidad de que esas distribuciones no solo respondan a criterios de equidad, sino que también se den señales de sustentabilidad fiscal en el largo plazo.
La posibilidad de las comunas de disponer libremente de los recursos derivados de las regalías, y en su momento los fondos de la "soja", generaban en el primer caso el incremento de gastos corrientes financiado con recursos asimilables a los ingresos de capital; en el segundo caso, las comunas pequeñas o bien acumulan recursos por no contar con capacidad operativa o necesidad real efectiva de obras de infraestructura adicional para 30 ejecutarlos, o ejecutan fondos en obras que podrían no estar (o al menos en magnitud) dentro de las preferencias de los residentes.

El gráfico muestra la variación del índice general del artículo 4° de la ley 1.065 por segmento de población.
El análisis insiste en que la implementación de un factor con características redistributivas en el orden territorial fue eficaz en las localidades de hasta 5.000 habitantes, pero sin incidencia directa en las comunas de población intermedia, entre 5.000 y hasta 25.000 habitantes, "con lo cual el problema de las asimetrías horizontales no está resuelto en su totalidad", advertía el trabajo de 2017.
También indica que las comunas que recibieron proporcionalmente mayores transferencias por causa del factor redistributivo, fueron las que disminuyeron sus esfuerzos recaudatorios.
La evidencia -agrega- demuestra que el régimen de transferencias es significativamente sensible a la recaudación propia de los dos centros urbanos más poblados: cada aumento significativo que realizan en las tasas o mejoras relativas en la recaudación incrementa sustancialmente el índice general.