Escuchá esta nota
EL DIARIO digital
minutos
A partir de este lunes, la relación entre el Estado y los contribuyentes cambia de paradigma. Con la publicación del decreto reglamentario, entra en vigencia la Ley de Inocencia Fiscal, una medida que prioriza la facturación declarada por sobre el control del patrimonio. El objetivo es claro: que los dólares ahorrados fuera del sistema ingresen al circuito legal sin temor a represalias fiscales.
Los ejes del nuevo "Blindaje"
El punto más disruptivo es el Régimen Simplificado de Ganancias para patrimonios de hasta $10.000 millones. Bajo este esquema:
Adiós al control de consumo: ARCA ya no podrá utilizar los gastos o el crecimiento de bienes personales como base para presumir evasión.
Foco en la factura: El impuesto se cobrará exclusivamente sobre los ingresos facturados.
Efecto liberatorio: El pago en término libera al contribuyente de cualquier reclamo posterior por ese período.
Evasión: nuevos montos para que sea delito
La ley eleva drásticamente los umbrales para que un incumplimiento sea considerado delito penal. Las cifras se multiplicaron para evitar que las causas menores saturen la justicia:
Evasión Simple: El piso saltó de $1,5 millones a $100 millones.
Evasión Agravada: El límite pasó de $15 millones a $1.000 millones.
Prescripción: Se redujo de 5 a 3 años.
Regularización de deudas
La normativa también ofrece una "última oportunidad" para quienes tienen causas pendientes:
Cancelación única: Se puede extinguir la acción penal pagando deuda e intereses por única vez.
Moratoria exprés: Si aún no hay denuncia, el contribuyente puede pagar la deuda más un recargo del 50% dentro de los 30 días de notificado para cerrar el caso.
Como contrapartida, el Gobierno advirtió que las multas por presentaciones fuera de término serán severamente aumentadas, castigando la falta de puntualidad en la declaración de ingresos.