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La Corte ordenó avanzar con el juicio oral contra Camioneros por el bloqueo a Química Oeste

El máximo tribunal revocó los sobreseimientos y dispuso que se realice el debate oral por la protesta sindical de 2021 en la planta de la empresa.

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EL DIARIO digital

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La Corte Suprema de Justicia resolvió este miércoles que avance el juicio oral y público contra dirigentes y militantes del Sindicato de Camioneros por el bloqueo realizado en mayo de 2021 frente a la sede de la empresa Química Oeste, en la localidad bonaerense de Esteban Echeverría.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti hicieron lugar a un recurso presentado por la querella de la firma, que había denunciado pérdidas millonarias por la imposibilidad de trabajar durante varios días. El máximo tribunal revocó así los fallos de instancias anteriores que habían sobreseído a los imputados.

La protesta comenzó el 10 de mayo de 2021, cuando un grupo de camioneros llegó a la planta, instaló banderas del gremio y bloqueó la entrada y salida de vehículos, impidiendo además el ingreso de empleados y proveedores. La situación se repitió durante varios días hasta que la policía bonaerense intervino el 18 de mayo para liberar el acceso.

Entre los acusados figuran Néstor Fabián Arévalo, secretario general de la delegación Monte Grande, y otros dirigentes y trabajadores señalados por la fiscalía como responsables de conductas "violentas y amenazantes" destinadas a obstaculizar la actividad de la empresa.

El caso había sido elevado a juicio en 2022, pero luego la Cámara de Lomas de Zamora y la Suprema Corte bonaerense revocaron la decisión y dictaron los sobreseimientos. La Corte nacional, sin embargo, consideró que se había incurrido en un "rigor formal injustificado" y citó precedentes sobre la obligación de analizar los planteos vinculados a derechos constitucionales, como el de trabajar y ejercer industria lícita.

Con esta resolución, la causa deberá reencaminarse hacia el juicio oral, en el que se determinará la responsabilidad penal de los sindicalistas por los delitos de extorsión, turbación de la posesión e impedimento del trabajo.

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