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EL DIARIO digital
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General Pico (Agencia) En la Sala de Audiencias número 4 de los Tribunales de Pico se llevó a cabo la formalización de investigación contra Raúl Reinoso, un vecino adulto mayor apodado "Tapita", detenido por agredir con un arma de fuego y un cuchillo a un mecánico del barrio Carlos Berg. Le imputaron el delito provisorio de "lesiones leves" y le impusieron tres meses de arresto domiciliario con tobillera electrónica.
La audiencia fue presidida por la jueza de Control Ana Ruffini y contó con la presencia del fiscal Juan Pellegrino, encargado de la acusación, y del defensor oficial Walter Vacaro.
El episodio violento que motivó la intervención judicial se desencadenó pasado el mediodía de este lunes, 30 de marzo, cerca de las trece horas y treinta minutos. Según la hipótesis del Ministerio Público Fiscal, Reinoso se dirigió a un domicilio particular situado en la calle 50 al 800 para reclamar por un trabajo de reparación mecánica. La controversia giraba en torno a una cortadora de césped; el acusado sostenía que la herramienta que se le pretendía devolver no era la misma que él había entregado originalmente.
Lo que inició como una diferencia comercial por un arreglo mal ejecutado o una presunta confusión de máquinas, derivó rápidamente en una confrontación de alta peligrosidad. De acuerdo con el relato la Fiscalía, ante la falta de una respuesta satisfactoria, el hombre decidió buscar armamento en su vehículo, un Chevrolet Onix de color blanco estacionado frente a la vivienda del damnificado, Daniel Demagistris.
Desde el habitáculo del conductor, el agresor extrajo inicialmente un revólver calibre 32. que se encontraba cargado y apto para el disparo. Con el arma de fuego en su poder, comenzó a increpar a la víctima mientras le apuntaba de forma directa.
No conforme con esta situación de amenaza, Reinoso se dirigió luego hacia el sector del baúl del automóvil para retirar un cuchillo de grandes dimensiones, cuya hoja y empuñadura suman aproximadamente cincuenta y seis centímetros de largo.
El despliegue de violencia física no tardó en concretarse. Armado con ambos elementos, el imputado avanzó contra Demagistris, quien intentó protegerse de los ataques. Durante el forcejeo, el agresor logró asestar un corte con el arma blanca que afectó seriamente varios dedos de la mano izquierda de la víctima.
En ese mismo contexto, se produjo la detonación del arma de fuego. El proyectil impactó de lleno en la pierna derecha del damnificado, provocándole una herida de bala en la zona del muslo. Tras el ataque, los elementos utilizados fueron descartados en las inmediaciones, donde posteriormente la Policía logró el secuestro preventivo para su análisis pericial.
Calificación legal
En términos legales, el Ministerio Público Fiscal calificó el hecho de manera provisoria como lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego, en concurso real con la portación ilegal de arma. Un aspecto técnico fundamental que todavía debe resolverse es la naturaleza específica del revólver secuestrado.
La Fiscalía planteó la necesidad de esperar los resultados de la pericia balística para determinar si se trata de un arma de uso civil o de guerra, lo cual impactará directamente en la gravedad de la imputación final y en la posible condena en expectativa. Además de la acusación principal, se incluyó el cargo de amenazas agravadas por el uso de armas.
Defensa
Durante la audiencia, el acusado decidió dirigirse a la magistrada y se quebró emocionalmente cuando intentaba ensayar una justificación para su conducta. Manifestó que su accionar fue una respuesta defensiva motivada por el temor, argumentando que la víctima poseía una contextura física muy superior a la suya y que lo habría tratado de forma despectiva o intimidante.
Ante su evidente estado de angustia, la jueza Ruffini debió interrumpir el relato para contenerlo, recordándole que su versión de los hechos ya había sido registrada anteriormente y que el propósito de la audiencia era asegurar su comprensión del proceso legal que se iniciaba en su contra.
Arresto
La Fiscalía había solicitado un plazo de seis meses de arresto domiciliario, mientras que la defensa no se opuso a la medida, pero pidió que el plazo fuera de tres meses.
La jueza consideró que un período de 90 días resultaba más proporcional y razonable para esta etapa incipiente del legajo judicial. Por lo tanto, se dispuso que el imputado permanezca recluido en su vivienda particular por ese lapso bajo el control de un dispositivo de tobillera electrónica.
Finalmente, y atendiendo a que el acusado se encuentra próximo a cumplir los setenta años de edad, la magistrada ordenó la realización de un examen mental obligatorio. Esta medida, contemplada por la normativa vigente para personas de dicha franja etaria, busca certificar que Reinoso posee las capacidades cognitivas necesarias para enfrentar las distintas instancias del juicio.