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EL DIARIO digital
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El imputado permanece detenido desde el inicio de la investigación, en noviembre de 2024. El perjuicio rondó los 900.000 dólares
La sentencia fue dictada, en el marco de un juicio abreviado, por los jueces de la Audiencia de Juicio de Santa Rosa, Carlos Besi, Gastón Boulenaz y Daniel Sáez Zamora. El acuerdo fue rubricado por el fiscal general Guillermo Sancho, los defensores particulares Rodrigo Villa y Seila Domínguez Ardohain y el propio imputado, un comerciante de 41 años, que aceptó la autoría de las defraudaciones. También lo suscribió la representante de la querella, y a la vez damnificada, Mercedes Elena Maldonado.

En el expediente penal quedó probado que Bonivardo, vendió "en nombre de la empresa de turismo Nuova Viajes, viajes internacionales y salidas grupales, a distintos lugares y en diferentes fechas; incluso viajes previstos para 2025, recibiendo sumas de dinero de los clientes/pasajeros de la empresa (en efectivo o a través de transferencias en sus cuentas personales en distintas entidades bancarias y billeteras virtuales), en concepto de señas o cancelación total de los viajes".
Sin embargo, una vez recibido el dinero, "no realizó los correspondientes depósitos y pagos a las firmas mayoristas para cumplir con lo convenido; frustrando dichos viajes y ocasionándoles un perjuicio económico tanto al propietario de la agencia, Daniel Pansa, como los clientes que pagaron el viaje o la seña, y no pudieron o no podrán viajar".
Los jueces indicaron que "si bien alguno de los damnificados contrataron directamente con Pansa y dijeron no conocer a Bonivardo, al igual que en el resto de los viajes internacionales que acordaba la empresa, quien se hacía cargo de toda la cuestión operativa era este último; quien en definitiva no realizó los depósitos y se apropió del dinero entregado por los clientes".
Asimismo, y con relación a los grupos de pasajeros que se encontraban de viaje en Cuba y Punta Cana en octubre de 2024, el denunciante Pansa debió pagar los pasajes de regreso a la Argentina ya que "Bonivardo había entregado 'pasajes aéreos falsos', provocándole un perjuicio económico a la empresa".
El monto aproximado del perjuicio económico sufrido por las personas damnificadas ascendió a 74.660.824 pesos (entre 70.000 y 80.000 dólares, según las fechas de los viajes), 594.175 dólares y 600 euros. A su vez la defraudación a Pansa fue de unos 200.000 dólares.
Correos falsos
"Los hechos tal como fueron fijados por las partes, en el acuerdo de juicio abreviado, quedaron evidenciados no solo por el propio reconocimiento del acusado, sino también por las declaraciones de los denunciantes y por los informes periciales incorporados en cada una de las causas", expresó el Tribunal. Y acotó que "sin perjuicio de lo antedicho, la restante evidencia aportada por la acusación permitió recrear los hechos en cada una de las denuncias tal como fueran fijadas"
A modo de ejemplo, los magistrados resaltaron que, a partir de la evidencia reunida por el Ministerio Público Fiscal, se constataron las distintas maniobras defraudatorias llevadas a cabo por Bonivardo.
Así, en la causa hay un informe remitido por la empresa Europamundo indicando que nunca mantuvo relación comercial con Nuova Viajes. Sin embargo, algunos clientes recibieron correos electrónicos presuntamente de esa firma.
En el mismo sentido, Aerolíneas Argentinas expresó que dos direcciones de correo electrónico ([email protected] y emisiones@aerolíneasargentinasar.com), no correspondían a dominios de la firma y nunca lo habían sido. Esas direcciones también fueron creadas para concretar las estadas.
A su vez, las pericias efectuadas por la División de Análisis de Telecomunicaciones (DAT), dependiente de la Policía provincial, mostraron que algunos correos fueron creados desde una dirección de IP asignada al imputado.
El Tribunal subrayó que "se observó particularmente el ardid llevado a cabo por el acusado en cinco legajos, donde actuó de forma deliberada para impedir un viaje al exterior que, en definitiva, nunca se concretó". ¿Qué alegó? "Posibles actividades delictivas en la ruta nacional 5 y un supuesto accidente en las cercanías de Quemú Quemú", episodios que no sucedieron, de acuerdo a un informe del jefe de la comisaría departamental de esa localidad.
¿Qué ocurrió? Bonivardo le dijo a un grupo de pasajeros que lo trasladaría hasta Pellegrini, donde seguirían viaje al aeropuerto de Ezeiza en una Traffic. Pero, en esas circunstancias, adujo recibir una comunicación telefónica indicando el vehículo había chocado con una vaca y que sus ocupantes y el chofer habían sido trasladados al hospital de General Pico. A partir de ese retraso, los clientes perdieron el vuelo. No obstante, el siniestro no había ocurrido.
Para que se constituya el delito de estafa, en este caso continuado, se requieren cuatro elementos: el ardid o engaño, el error, la disposición patrimonial y el perjuicio.
"En todos los casos descriptos (en el fallo existe un resumen de cada uno de los 202 hechos), quedaron claramente determinados cada uno de esos elementos; dado que la modalidad engañosa para que el sujeto pasivo caiga en un error quedó determinada, al ofrecer un servicio turístico con la creencia errónea que iba a cumplirse y que directamente remitió a la disposición patrimonial en favor del sujeto activo y el perjuicio que ello significó para todos los damnificados", concluyeron Besi, Boulenaz y Sáez Zamora.