La Pampa

El TIP le redujo la pena a un condenado por abuso sexual

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa redujo la condena contra un profesional santarroseño por abuso sexual: lo absolvió de uno de los hechos por el beneficio de la duda y fijó una pena de dos años de prisión en suspenso, por lo que no irá a la cárcel y deberá cumplir reglas de conducta.

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EL DIARIO digital

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El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa redujo la condena impuesta al santarroseño MCB (un veterinario santarroseño), quien había sido sentenciado en primera instancia a tres años y seis meses de prisión efectiva por delitos de abuso sexual. Tras revisar el caso, el tribunal lo absolvió de uno de los hechos por el beneficio de la duda y fijó una nueva pena de dos años de prisión en suspenso, por lo que no irá a la cárcel y continuará en libertad bajo reglas de conducta.

La decisión fue adoptada por la Sala A del TIP, integrada por la jueza Eugenia Schijvarger y el juez Filinto Rebechi, al resolver los recursos presentados tanto por la defensa como por la querella contra la sentencia dictada en 2025 por el juez de Audiencia de Juicio 

En su fallo, el tribunal confirmó la responsabilidad penal de MCB por el delito de abuso sexual simple cometido en reiteradas oportunidades contra una adolescente, hechos ocurridos entre 2021 y 2022, que fueron calificados como delito continuado. Sin embargo, los jueces resolvieron absolverlo del segundo cargo, que lo acusaba de un abuso contra una niña durante un almuerzo familiar el 25 de diciembre de 2022.

Sobre ese hecho puntual, el TIP consideró que existían dudas razonables respecto de la presencia del hombre en el lugar donde habría ocurrido el abuso. La defensa aportó mensajes de WhatsApp y registros de impacto de antenas de telefonía celular que pusieron en cuestión que el acusado estuviera en el campo ese día. Además, el tribunal remarcó la ausencia de testigos de cargo que confirmaran su presencia, por lo que aplicó el principio de inocencia y dictó la absolución.

Al momento de redefinir la pena, los magistrados tuvieron en cuenta que MCB no posee antecedentes penales, cuenta con trabajo estable, mantiene vínculos familiares de contención y mostró una conducta respetuosa durante todo el proceso judicial. También valoraron informes psicológicos incorporados al expediente, que descartaron rasgos de peligrosidad o riesgo de reincidencia. En ese marco, consideraron que una pena de ejecución condicional resultaba justa y proporcional, en línea con otros casos similares juzgados en la provincia.

Para conservar el beneficio de no ir a prisión, MCB deberá cumplir estrictas reglas de conducta durante tres años. Entre ellas, se dispuso la prohibición absoluta de acercarse o contactar a la víctima por cualquier medio, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras, realizar tratamiento psicológico especializado si así lo indican los peritos, y abstenerse de consumir alcohol en exceso o estupefacientes.

Por último, el TIP rechazó el planteo de la querella, que había solicitado una pena de seis años de prisión y la aplicación de una agravante por el rol de guarda de la menor. El tribunal concluyó que no se probó un vínculo de autoridad o confianza suficiente que permitiera aplicar esa figura legal.

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