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EL DIARIO digital
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La Fiscalía de Estado de La Pampa respondió en las últimas horas a la presentación realizada por la provincia de San Juan ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que pidió declarar la "caducidad" de la demanda iniciada por La Pampa hace nueve años para conformar el Comité de Cuenca del río Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó. La fiscal pampeana, Romina Schmidt, solicitó el rechazo del planteo y sostuvo que la pretensión sanjuanina es improcedente y contraria a la naturaleza ambiental del proceso.
Schmidt remarcó que no corresponde aplicar la caducidad en un litigio de carácter ambiental, donde no se discuten intereses individuales sino la protección de bienes colectivos. "Es jurídicamente improcedente e incompatible con la naturaleza ambiental del proceso donde la necesidad es la preservación de los recursos naturales, cuestión que involucra el derecho humano a un ambiente sano", afirmó.
La fiscal señaló que los procesos ambientales no se ajustan a la rigidez de las normas procesales comunes, ya que exigen un tratamiento amplio y facultades especiales para el juez. Además, recordó que el litigio tiene carácter interprovincial, intervienen ocho jurisdicciones y ya contestaron la demanda cinco de ellas. "Aplicar un criterio formalista implicaría desconocer la realidad de este tipo de controversias complejas", sostuvo.
También subrayó que la causa ha registrado actos procesales relevantes: "No corresponde declarar la caducidad cuando el proceso ha tenido avances significativos y no ha existido desinterés en su prosecución".
El planteo de San Juan
La Fiscalía de Estado de San Juan había pedido archivar la causa argumentando que La Pampa mostró "inactividad procesal" y motivaciones "políticas" o "electoralistas". Incluso afirmó que la provincia "solo reactiva" este tipo de reclamos en momentos cercanos a procesos electorales y acusó a La Pampa de "negligencia o malintencionada omisión" en la presentación de pruebas.
San Juan también recordó un antecedente: la causa por el dique El Tambolar, en la que según su interpretación la Corte obligó a La Pampa a desistir de futuros planteos contra esa obra.
Un reclamo histórico por un río clave
La cuenca Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó es la más extensa del país, con 315.000 km² y abarca parcial o totalmente seis provincias. La Pampa promovió la demanda ante la Corte en 2016 para que las jurisdicciones aguas arriba (entre ellas, San Juan y Mendoza) integren un comité interjurisdiccional que permita gestionar el recurso de manera conjunta. La provincia reclama desde hace décadas que llega muy poca agua al oeste pampeano por los usos intensivos para riego en las zonas altas.
Intentos de avance que no prosperaron
En 2023 se produjo un hecho inusual: siete provincias incluida La Pampa acordaron avanzar en un proyecto para conformar formalmente la autoridad de cuenca. Hubo reuniones técnicas, participación del Ministerio de Obras Públicas de la Nación y se elaboró un borrador para ser evaluado. En ese encuentro participaron Buenos Aires, Río Negro, Neuquén, Mendoza, La Rioja, Catamarca y La Pampa, mientras que San Luis y San Juan no asistieron.
Pese a la expectativa, el acuerdo no se concretó. El proceso volvió a quedar sin avances.
La Pampa pidió a la Corte que resuelva el fondo del asunto y dicte sentencia. "Debe haber responsabilidad de resolución mediante el dictado de una sentencia ambiental, no una salida formalista", reclamó Schmidt.
La decisión ahora queda en manos de la CSJN, mientras la disputa por el manejo del agua del Desaguadero un conflicto histórico y estructural para la provincia vuelve a ocupar el centro de la escena.