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Cuatro años y medio de prisión para un joven que quiso matar a su vendedor de droga

El juez Federico Pellegrino homologó el acuerdo de juicio abreviado
El juez Federico Pellegrino homologó el acuerdo de juicio abreviado.
El acusado intentó pagar con marihuana una compra de cocaína. Ante la negativa del "vendedor", se produjo una pelea y el imputado le aplicó dos puñaladas.

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EL DIARIO digital

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El Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial dictó sentencia condenatoria contra Luciano Alejandro Jonathan Cabaña, de 25 años, hallado culpable del delito de Homicidio Simple en Grado de Tentativa contra Julio Andrés Sosa. El fallo, dictado el 31 de octubre de 2025 por el juez unipersonal Dr. Carlos Federico Pellegrino, impuso una pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.

La condena se dictó mediante el procedimiento de juicio abreviado, en el que el imputado, con el consentimiento del damnificado, reconoció su responsabilidad en el violento hecho.

El incidente se produjo el 19 de abril de 2025, a raíz de una disputa que se inició en el domicilio de la víctima tras una transacción fallida de drogas: Cabaña intentó pagar cocaína con marihuana.

La pelea escaló cuando Cabaña utilizó un arma blanca para atacar a Sosa. El ataque continuó incluso después de que la víctima persiguiera al agresor hasta la vía pública.

Cabaña le propinó una puñalada en el hemitorax izquierdo, causando lesiones graves que comprometieron órganos vitales, incluido el ventrículo izquierdo, y que pusieron en riesgo la vida de Sosa.

El juez Pellegrino destacó que el uso de un cuchillo de gran tamaño dirigido a zonas vitales del cuerpo y la gravedad de las heridas evidencian la clara intención homicida del imputado, conforme al Artículo 42 del Código Penal (Tentativa).

La pena acordada y homologada de cuatro años y seis meses de prisión fue de cumplimiento efectivo, ya que el imputado posee antecedentes condenatorios registrados, por lo que se mantuvo su condición de reincidente (Art. 50 CP).

El fallo del Dr. Pellegrino validó el procedimiento de juicio abreviado al haberse cumplido todos los requisitos, incluyendo el consentimiento informado del damnificado. La sentencia ordena, además, el decomiso y la destrucción de los elementos secuestrados y el pase de las actuaciones al fuero de ejecución penal.

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