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EL DIARIO digital
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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa hizo lugar a un recurso de casación en un caso de abuso sexual y reabrió el debate sobre el alcance de la audiencia de formalización.
En una decisión poco frecuente, la Sala B del Superior Tribunal de Justicia (STJ) integrada por los ministros Fabricio Ildebrando Luis Losi y Hugo Oscar Díaz resolvió hacer lugar al recurso de casación presentado por la defensa de Miguel Ángel Gallardo y declaró inválida la ampliación de la acusación que había realizado el Ministerio Público Fiscal (MPF) sin la correspondiente audiencia de formalización.
El fallo, dictado este 18 de septiembre por el STJ, ordena que la causa continúe solo con acusación original, aquella que había sido comunicada al imputado en la formalización de febrero de 2024, y deja sin efecto la incorporación de hechos más antiguos y una calificación más gravosa.
El trasfondo del caso
La investigación contra Gallardo comenzó en noviembre de 2022, luego de que la niña relatara episodios de abuso a una docente de apoyo escolar. Según la acusación, los hechos se habrían desarrollado en la vivienda familiar y en distintas oportunidades entre los años 2021 y 2022, cuando el hombre convivía con la madre de la víctima.
La controversia procesal se generó porque, al momento de presentar la acusación, el MPF incluyó también hechos que habrían ocurrido cuando la niña tenía cinco años y agravó la calificación a abuso sexual gravemente ultrajante. Esa modificación, planteó la defensa, sorprendió al acusado, ya que nunca había sido formalmente advertida en la investigación preparatoria, impidiéndole organizar una estrategia de defensa.
La jueza de control Florencia Maza había rechazado el planteo de actividad procesal defectuosa, y el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó esa postura por mayoría. Con este nuevo fallo, el STJ revoca ambas decisiones.
El eje del debate
La defensa, a cargo del abogado Nicolás Espínola, sostuvo en su recurso que la decisión del TIP le había causado a su asistido un "agravio de imposible reparación ulterior", porque la acusación fiscal amplió de manera sorpresiva los hechos y endureció la calificación legal sin la debida formalización. Según expuso, ello colocó al imputado en la necesidad de preparar en un tiempo exiguo una defensa frente a un riesgo de condena más grave con penas de 8 a 20 años de prisión, lo que afectaba de manera directa las garantías de previsibilidad, seguridad jurídica y derecho de defensa.
La sentencia del máximo tribunal provincial coloca en el centro de la discusión la función de garantía de la audiencia de formalización. Según los ministros Losi y Díaz, en un sistema acusatorio adversarial como el pampeano, la formalización no es un mero trámite, sino un acto clave para delimitar los hechos por los que una persona será investigada.
"Siempre que exista una variación sustancial de la plataforma fáctica resulta ineludible la formalización ante el juez de control", sostuvieron los jueces. Y remarcaron que la defensa debe contar con tiempo razonable para reorganizar su estrategia y ofrecer prueba, de lo contrario se afecta el derecho de defensa y el debido proceso.
Una decisión inusual
El dato que resalta a nivel institucional es que el STJ haya hecho lugar al recurso de casación, una herramienta que en general rechaza o limita a cuestiones muy puntuales de legalidad. En este caso, el tribunal entendió que la situación ameritaba intervenir para marcar un criterio sobre la función de la formalización en el proceso penal y garantizar que no se extiendan los poderes de investigación del MPF más allá de los límites legales.
Lo que viene
Con la decisión del STJ, el juicio contra Gallardo deberá seguir adelante, pero circunscripto a los hechos y a la calificación que fueron oportunamente formalizados: abuso sexual simple agravado por convivencia y guarda como delito continuado. La ampliación que introdujo la fiscalía quedó sin efecto.