La Pampa

Prisión efectiva para un hombre por violencia de género

Un joven fue condenado en Santa Rosa a tres años de prisión de efectivo cumplimiento por agredir y amenazar en varias oportunidades a su expareja.

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EL DIARIO digital

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Un hombre fue condenado en Santa Rosa a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por agredir, amenazar y privar de la libertad en distintas ocasiones a su expareja. El fallo fue dictado el 5 de septiembre por el juez de Control Carlos Matías Chapalcaz, quien homologó un juicio abreviado y unificó la nueva pena con una condena condicional previa, que quedó revocada.

La sentencia abarcó tres causas acumuladas, en las que el acusado reconoció los hechos y aceptó la sanción acordada entre la Fiscalía, la Defensa y él mismo. Con esta decisión, el tribunal fijó una pena única de tres años de prisión efectiva, con costas.

Tres episodios de violencia

El primer hecho ocurrió en noviembre de 2024, cuando el imputado discutió con su pareja en la vivienda que compartían. La golpeó en distintas partes del cuerpo, la amenazó de muerte y la dejó encerrada hasta que fue rescatada por su hermano con intervención policial.

El segundo episodio tuvo lugar en diciembre de 2024, mientras el acusado cumplía arresto domiciliario. En esa ocasión volvió a agredir a la mujer con golpes de puño y asfixia, causándole lesiones en la cara, cabeza y piernas. Parte de la violencia quedó registrada en un video que ella alcanzó a conservar antes de que el hombre borrara el resto de las grabaciones.

El tercer hecho se registró en marzo de 2025, cuando tras una nueva discusión por celos, el hombre insultó a la víctima, le quitó el celular y le dio un golpe en el pómulo. Antes de irse en motocicleta, volvió a amenazarla con matarla.

La investigación incluyó denuncias, informes médicos y forenses, fotografías, videos, testimonios y peritajes de equipos técnicos de género, que confirmaron las agresiones y el contexto de violencia.

El tribunal encuadró los hechos como lesiones leves agravadas por la relación de pareja, amenazas simples y privación ilegítima de la libertad, todos en concurso real y cometidos en un contexto de violencia de género, según la Ley 26.485.

La víctima prestó conformidad con el acuerdo y solicitó ser notificada en caso de que el condenado pida salidas transitorias, libertad condicional u otros beneficios.

El fallo también ordena comunicar la condena al Registro Nacional de Reincidencia y a la Policía de La Pampa, además de computar el tiempo de detención cumplido por el imputado.

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