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Condenaron al ex fiscal de Bahía Blanca que acusó en el segundo juicio de la Subzona 14

El ex fiscal Alejandro Cantaro de Bahía Blanca fue condenado acusado de ser partícipe de una banda narcocriminal. Según el fallo, protegió y ayudó a miembros de la organización conocida como "Narcochetos 2" en la que estaba involucrado un sobrino.

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EL DIARIO digital

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Cantaro, fiscal general de Bahía Blanca e integrante de la Unidad a cargo de las causas de violaciones a los Derechos Humanos. Entre agosto de 2017 y junio de 2018 fue fiscal del segundo juicio por la Subzona 14 en La Pampa. 

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) de Bahía Blanca sentenció a 6 años de prisión al ex fiscal general Alejandro Cantaro por haber protegido entre 2017 y 2018 a la banda dedicada al narcotráfico en esa ciudad.

En la audiencia de veredicto, los jueces Ernesto Sebastián, Alejandro Silva y Simón Bracco consideraron a Cantaro como partícipe primario del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio agravado por haber sido cometido por un funcionario público encargado de la prevención o persecución del delito atribuido.

A Cantaro, por entonces fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, se le atribuyó haber colaborado con los miembros de la banda "Narcochetos 2" y en particular a su sobrino Sebastián Gauna San Millán y a Facundo Texido, entre marzo de 2017 y abril de 2018.

Por su cargo, el ex fiscal era el encargado de investigar y perseguir estos delitos, pero en esta ocasión resguardó y ayudó a los miembros de la organización.

En el fallo, el tribunal también ordenó su detención, pero permanecerá en libertad hasta que la sentencia quede firme. Además, se le impuso la inhabilitación absoluta y especial de 10 años para ejercer cualquier tipo de cargo o función pública.

En 2023 Cántaro había sido absuelto por el TOCF bahiense, pero el nuevo fallo se dio ahora en el marco de un proceso de reenvío ordenado en diciembre pasado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que revocó aquella resolución.

Antes de concluir con la audiencia, el Tribunal expresó: "Esta particular traición al mandato Constitucional no sólo compromete la credibilidad del sistema de justicia, sino que pervierte los fines mismos para los cuales fue investido de tan alta responsabilidad".

Fallo

En el fallo condenatorio, el tribunal remarcó la omisión recurrente por parte de Cantaro de solicitar, en la causa que investigaba, la intervención telefónica de su sobrino Gauna San Millán "pese a la abundante evidencia que lo vinculaba directamente con las actividades de narcotráfico investigadas". En ese sentido, los jueces indicaron que "constituye un elemento de convicción que refuerza la tesis acusatoria respecto de la necesaria intervención de Cantaro en la protección y favorecimiento directo de la organización criminal denominada ?Narcochetos 2?".

"La contribución de Cantaro durante el período imputado, entre el 22 de marzo del 2017 y el 14 de abril 2018, estuvo centrada medularmente en aportarles información esencial para que operaran sin ser descubiertos; posibilitándoles tomar recaudos en sus conversaciones telefónicas; y, en el caso particular de su principal protegido (Sebastián Gauna San Millán), ofrecerle la posibilidad de eludir la investigación de la justicia fugándose a la provincia de Córdoba", sostuvo el tribunal.

A su vez, los jueces indicaron que "el aquí juzgado, en su carácter de fiscal general de la jurisdicción, Fiscal Coordinador de Distrito y máximo responsable del Área de Delitos Complejos a nivel local, fue destinatario de una confianza especial por parte del Estado, quien le confirió una situación de privilegio institucional".

Por último, remarcaron que "la deslealtad institucional puesta de manifiesto por el encartado, al reconfigurar su ámbito de competencia funcional, adaptándolo para favorecer los intereses de la organización criminal en lugar de perseguir sus actividades conforme a sus deberes a cargo, justifica la mayor punición en tanto supone un ejercicio abusivo de la función pública legalmente encomendada".

"Esta particular traición al mandato Constitucional no sólo compromete la credibilidad del sistema de justicia, sino que pervierte los fines mismos para los cuales fue investido de tan alta responsabilidad", concluyó el tribunal.

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