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EL DIARIO digital
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Un hombre de 49 años, que había sido condenado en suspenso por el delito de grooming, ahora le pegó a su hijo de 11 años y recibió una pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.
La sentencia fue dictada por la jueza de control, María Elena Grégoire, al homologar un acuerdo de juicio abreviado suscripto por la fiscalía María Cecilia Martiní, el defensor particular Gastón Gómez y el propio imputado, quien admitió la autoría de las lesiones. La madre de la víctima, al ser informada sobre sus alcances, también brindó su consentimiento.
Con las pruebas reunidas en la causa, se acreditó que el acusado agredió a su hijo de 11 años, "propinándole una patada en el estómago y varios golpes, mientras cortaba el pasto". Además en el falló se remarcó que "el niño (en su declaración en Cámara Gesell) refirió episodios reiterados y golpes con la hebilla del cinto" y que, como consecuencia de ello, "se constataron hematomas múltiples y escoriaciones de distinta data (algunas de menos de 72 horas)".
La denuncia fue realizada por las autoridades del colegio donde concurre el niño, quien recién contó lo que le había sucedido después de participar de una charla sobre violencia que brindaron dos psicólogas y una docente. El acusado permanece detenido desde noviembre pasado bajo la modalidad de prisión preventiva, sustituida por el arresto domiciliario con control electrónico.
Grégoire, más allá del reconocimiento explícito formulado por el imputado, señaló en los considerandos del fallo que "el testimonio del niño resultó coherente y fue corroborado por los informes médicos".
Las partes habían convenido en el abreviado la pena de seis meses de prisión efectiva por el delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y en el marco de la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y su unificación con otra anterior en una pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.
Ocurre que en junio de 2022, el acusado a través de otro abreviado había sido condenado a tres años de prisión en suspenso por ser autor del delito de grooming en perjuicio de una niña de ocho años y, al fijársele reglas de conducta, lo obligaron a realizar un tratamiento psicológico.
En ese legajo penal se probó, y él lo reconoció, que había enviado mensajes de whastapp a la víctima la conocía por ser vecina y que el contenido e imágenes de ellos fueron "con la clara intención de cometer delitos contra la integridad sexual de la niña".?