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EL DIARIO digital
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El Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa dictó dos sentencias en las que responsabilizó a efectivos de la Policía provincial por el extravío de elementos asignados para su tarea operativa, imponiéndoles la obligación de resarcir al Estado provincial por el perjuicio ocasionado.
En la Sentencia N° 1659/2025, el organismo de control falló contra el comisario Juan Carlos Sánchez, atribuyéndole un perjuicio patrimonial de 2.222.536 pesos, tras la desaparición de un handy Motorola con GPS, un chaleco balístico multiamenaza, y diversos accesorios tecnológicos, incluidos elementos de una cámara GoPro.
La investigación administrativa había sido iniciada por la División Seguridad Rural de la UR-I y determinó que, si bien el comisario presentó presupuestos de reposición para algunos de los elementos, el Tribunal optó por fijar valores basados en informes oficiales de la Policía y criterios de razonabilidad técnica y operativa.
Entre los fundamentos del fallo se destaca que el chaleco es un elemento de uso obligatorio y que, al elegir su reemplazo, el Estado debe optar por modelos con mayor vida útil para evitar erogaciones recurrentes. En tanto, para el handy extraviado se aceptó un presupuesto presentado por el propio agente, siempre en base al principio de reparación del daño con criterios de razonabilidad establecidos en el Código Civil y Comercial.
El fallo emplaza al comisario Sánchez a depositar el monto fijado en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de dar intervención al Fiscal de Estado en caso de incumplimiento.
En otro caso, mediante la Sentencia N° 1718/2025, el Tribunal de Cuentas formuló cargos solidarios por un total de 215.600 pesos al sargento primero José Alberto Martínez Cabral, al cabo Luciano Ezequiel Díaz y a la agente Greta Dannae Mendoza Zalazar, por la pérdida de un teléfono celular Samsung A21s de 64 GB.
En ese expediente, originado en la UR-IV, el Tribunal destacó que ninguno de los involucrados presentó pruebas suficientes para justificar la ausencia del dispositivo. Incluso, dos de los efectivos ni siquiera se presentaron a la audiencia fijada, mientras que la agente Mendoza Zalazar solicitó abrir el período probatorio pero no ofreció ni incorporó elementos que permitieran modificar el monto del daño estimado.
Ambas sentencias ordenan la publicación en el Boletín Oficial y otorgan a los responsables un plazo perentorio para efectuar el depósito del monto establecido o, en su caso, interponer los recursos previstos por la normativa vigente.