La Pampa

Preso pampeano no logró revertir calificaciones del penal de San Luis

El STJ desestimó un recurso de casación presentado por la defensa de Hugo Ezequiel Argüello, un interno alojado en el Complejo Penitenciario de San Luis, que cuestionaba la calificación de conducta otorgada.

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EL DIARIO digital

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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensora pública María Antonella Marchisio en representación de Hugo Ezequiel Argüello, un interno condenado que cumple su pena en el Complejo Penitenciario de San Luis. La presentación cuestionaba la calificación otorgada por el Servicio Penitenciario y sostenía que la jueza de ejecución no había fundamentado adecuadamente su decisión al no aceptar el puntaje propuesto por la defensa.

La calificación impugnada había sido dictada por la jueza de ejecución sustituta, Mónica Rivero, quien elevó parcialmente la nota asignada por el Servicio Penitenciario a 4 en conducta y 3 en concepto, frente a los 10 y 5 pedidos por la defensa. La impugnación fue rechazada inicialmente "in límine" por Presidencia del Tribunal de Impugnación Penal (TIP), al considerar que se trataba de una decisión que no era originaria de un juez de ejecución, y por lo tanto no susceptible de revisión por esa vía.

En su recurso ante el STJ, la defensa argumentó que esa interpretación vulnera el derecho al doble conforme y al debido proceso, en tanto impide una revisión judicial de una decisión que tiene consecuencias directas sobre la progresividad de la pena y el acceso a beneficios como la libertad condicional. También cuestionó que la decisión no haya sido debidamente fundada, lo que deja al interno sin una guía clara para corregir su comportamiento.

Además, la defensora solicitó, de manera subsidiaria, que se declare la inconstitucionalidad de los artículos del Código Procesal Penal que impiden recurrir decisiones como la cuestionada.

Sin embargo, la Sala B del Superior Tribunal rechazó todos los planteos. Consideró que la resolución impugnada no encuadra en los supuestos que permiten la vía de la casación —esto es, una sentencia definitiva o una resolución que cause un agravio de imposible reparación ulterior—, y que la defensa no logró demostrar que se tratara de un caso excepcional que ameritara esa revisión. Tampoco admitió el planteo de inconstitucionalidad, por entender que no fue debidamente fundamentado.

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