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EL DIARIO digital
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De acuerdo a lo que pudo saber El Diario, la decisión se tomó durante el encuentro de este martes en el edificio del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Luego de un poco más de dos meses de vacaciones, Mendiara volvió a su cargo en General Acha, donde actualmente presta funciones. Sin embargo, con el inició de la invesitgación el fiscal fue suspendido
El fiscal fue denunciado por increpar a efectivos policiales durante un control a la salida de un local nocturno en Victorica. Ese episodio ocurrió en la madrugada del 8 de marzo.
El Jurado de enjuiciamiento se reunió este martes y resolvió formar causa según el art. 32 de la Ley Provincial 313 y suspender a Mendiara de sus funciones mientras dure el proceso. Además, se dio vista al Procurador General, Mario bongianino, para que evalúe formular la acusación
Al resolver dar curso al jury, automáticamente la ley prevé que se suspenda al acusado, al cual se le reduce el salario al 50%
El jury sufrió un cambio respecto a los abogados que la integran. Los dos abogados titulares sorteados fueron Silvia Dolores Pérez (General Pico) y Federico Lamelo (Santa Rosa), pero la letrada piquense se excusó de participar, ya que no contaba con los años necesarios de matriculación.
En su reemplazo, ya fue notificado y participó de la reunión el primer suplente sorteado, Cristian Sebastián Zaikoski, abogado de la localidad de Bernasconi.
El jury se compone también por el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Eduardo Fernández Mendía; las diputadas provinciales Silvia Larreta y Andrea Valderrama, designadas por la Cámara de Diputados.
"Desorden de conducta"
El fiscal Mendiara fue denunciado formalmente por todos los integrantes del Superior Tribunal de Justicia a raíz de un episodio ocurrido en la madrugada del 8 de marzo en Victorica, donde increpó a efectivos policiales durante un control a la salida de un local nocturno. Sus expresiones quedaron registradas en un video que se viralizó y generó una fuerte repercusión pública.
El STJ consideró que el accionar del fiscal podría encuadrarse en la causal de "desorden de conducta" prevista por los artículos 21 inciso 2° y 23 inciso 1° de la Ley 313, que habilitan su remoción en caso de inmoralidad comprobada por hechos concretos que afecten su reputación.
Mendiara negó haber estado alcoholizado en ese momento y denunció una "vendetta" en su contra por parte de la Policía, debido a sus investigaciones sobre apremios ilegales. Además, enfrenta otra denuncia por presunta agresión a un menor durante un partido de fútbol en General Acha, hecho que también desmintió.
El Jurado deberá determinar si corresponde o no la destitución del fiscal pampeano. Con la conformación completa del tribunal, el proceso de enjuiciamiento quedará habilitado para avanzar en sus próximas etapas.
A pesar de que Fernández Mendía integra el STJ (el cuerpo realizó el pedido de jury contra el fiscal Mendiara) no es causal de excusación, ni recusación por el mismo carácter del jurado de enjuiciamiento. Ese órgano está ordenado por los artículos 113 y 114 de la Constitución de la provincia de La Pampa y se rige un funcionamiento- por la Ley Provincial N° 313.