La Pampa

Un abuso preparado en el boliche, consumado en la casa 

Los hechos que culminaron con la condena por abuso sexual contra el empresario Eduardo "Chino" Ros se desarrollaron en las primeras horas del 8 de abril de 2012.

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EL DIARIO digital

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La madrugada de aquel domingo, el local bailable "Babilonia" y una vivienda particular en calle Escalante al 500 se convirtieron en los escenarios de un escandaloso episodio que conmocionó a la capital pampeana.

La fiscal del caso, María Cecilia Martiní, había solicitado una pena de seis años y seis meses de prisión para los imputados involucrados en este hecho que generó fuerte repercusión.

Según la investigación judicial, dos adolescentes, tras consumir bebidas alcohólicas, fueron trasladadas desde el boliche "Babilonia" hasta la casa de Ros. Al percatarse de que su hija no regresaba, una madre inició una búsqueda desesperada. A través de una comunicación telefónica con una amiga de la menor, pudo averiguar que se habían ido con el dueño del local y un promotor. Finalmente, la madre logró llegar a la casa céntrica de Ros, donde encontró a las chicas en la vereda.

Las madres de las menores denunciaron que a sus hijas se les suministraron gratuitamente bebidas alcohólicas, lo que provocó que perdieran la noción de sus actos. Sostuvieron que los imputados se aprovecharon de ese estado de vulnerabilidad para cometer los abusos. Ambas jóvenes habían ingresado al boliche "Babilonia" con varias amigas y permanecieron allí hasta el cierre. Posteriormente, se dirigieron en automóvil a la casa de Ros, en compañía del promotor, y fue en ese lugar donde se produjeron las relaciones sexuales no consentidas.

En relación con Eduardo "Chino" Ros, el Tribunal dio por probado que abusó de una de las menores sin su consentimiento. La sentencia destacó que, en ese momento, la capacidad de oposición física de la joven "se encontraba disminuida" a consecuencia de la ingesta previa de distintas bebidas alcohólicas. Esta ingesta, según el fallo, se produjo mientras permaneció en el boliche "Babilonia", donde, una vez finalizado el horario para el público, "le fueron suministrados otros tragos, incluso tequila".

El Tribunal sentenció que el delito se cometió en la casa de la calle Escalante y que Ros se aprovechó de que la menor "no pudo consentir libremente dicho accionar debido al estado de vulnerabilidad en que se encontraba producto de la ingesta de bebidas alcohólicas".

Para la fijación de la pena a Ros, el tribunal consideró a su favor la "carencia de antecedentes penales, el desarrollo de actividades laborales para sustentarse, su conducta en el desarrollo del juicio y haber estado a derecho en todo momento sin tratar de obstaculizar el proceso". Sin embargo, pesaron en su contra factores como "la juventud de la víctima, de una edad ostensiblemente menor a la suya, la nocturnidad y el lugar en que mantuvo previamente contacto con ella, valiéndose de su condición de dueño y conocedor de la noche, autorizando la permanencia en el lugar fuera del horario legal establecido para el público". También se evaluó negativamente que el hecho fuera "cometido en el interior de su domicilio, al que previamente trasladó a la menor asegurándose el control absoluto de la situación, y el daño causado a la víctima y a su grupo familiar".

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