La Pampa

Cinco años de prisión a un hombre que mató a su compañero de vivienda

Calificaron el hecho como homicidio simple con exceso en la legítima defensa. El acusado, Alberto Omar Maldonado, admitió su responsabilidad y aceptó la pena mediante un juicio abreviado.

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EL DIARIO digital

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El juez de Audiencia de Juicio de Santa Rosa, Alejandra Flavia Ongaro, condenó este martes a Alberto Omar Maldonado a cinco años de prisión de efectivo cumplimiento por haber dado muerte a Oscar Alfredo Pérez durante una pelea en la vivienda que ambos compartían en la capital pampeana. El fallo fue dictado en el marco de un juicio abreviado, en el cual el imputado reconoció su autoría y aceptó la calificación legal del hecho como homicidio simple cometido con exceso en la legítima defensa.

Según lo reconstruido en el expediente judicial, el hecho ocurrió entre la noche del 9 de febrero y la madrugada del 10, en el patio del domicilio ubicado en calle Santa Cruz 1730. Maldonado y Pérez mantuvieron una serie de discusiones y peleas durante toda la jornada, ambas personas portaban cuchillos. Fue en ese contexto que Maldonado apuñaló a Pérez en seis oportunidades, provocándole la muerte.

El autor del crimen  fue detenido por un móvil policial de la Seccional Segunda que lo encontró vagando en plena calle envuelto en sangre, con el torso superior desnudo, descalzo y en pantalón corto: "llevame preso, acabo de matar a un compañero mío porque estoy cansado que viva empedo y haciendo quilombo (six)", dijo a los uniformados.  Y, mientras levantaba una mano, agregó: "con este cuchillo lo maté". El arma, pequeña, era de hola metálica lisa, punta triangular, cabo de plástico naranja, con "poco" rastro de sangre. Acto seguido, guio en forma pedestre a los uniformados hasta la escena del crimen. Maldonado tenía 2,61 gramos de alcohol en sangre.

El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Andrés Torino, y la defensa pública a cargo del abogado Marco Mezzasalma, acordaron los términos del juicio abreviado, incluyendo la pena de cinco años. Durante la audiencia, el imputado —de 61 años, jardinero de oficio, oriundo de Puelches y actualmente detenido— manifestó comprender el acuerdo, aceptó su culpabilidad y renunció a ir a juicio oral, donde eventualmente podría haber sido absuelto.

El caso fue inicialmente investigado como homicidio simple, pero a partir de los elementos probatorios reunidos se estableció que la agresión que desencadenó la muerte se produjo en un contexto de mutua violencia. Según el fallo, la reacción de Maldonado al defenderse de Pérez comenzó siendo legítima, pero derivó en un exceso, tanto en la duración como en la intensidad del uso de la fuerza.

La jueza Ongaro explicó que la conducta del acusado encuadra en el tipo penal de homicidio simple con exceso en la legítima defensa, contemplado en los artículos 79 y 35 del Código Penal. La pena acordada, de cinco años, se justificó por la gravedad del hecho y la existencia de circunstancias agravantes que permitieron apartarse del mínimo legal.

Durante el proceso, las hermanas de la víctima, María Elena Pérez y Paola Daiana del Valle Mendoza, fueron informadas del acuerdo y dieron su consentimiento, según consta en las actuaciones. La magistrada destacó que si bien una de ellas expresó reparos personales, estos no afectaron la validez del procedimiento abreviado ni implicaron una vulneración de sus derechos como familiares directas del fallecido.

El fallo también dispuso el decomiso y la destrucción de los elementos secuestrados en el marco de la causa —contenidos en los paquetes N° 14.559 y N° 14.903— y ordenó notificar a las víctimas sobre futuras decisiones que involucren beneficios penitenciarios, en cumplimiento con la ley nacional de ejecución penal.

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