La Pampa

Frigorífico de Acha: contundente dictamen del síndico objeta el contrato de alquiler

El síndico Jorge Romo concluyó -luego de analizar el expediente de la quiebra- que "debiera ser observada la validez del contrato de alquiler adjuntado".

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EL DIARIO digital

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El síndico Jorge Romo, que entiende en la quiebra, emitió un contundente dictamen en el que objeta el contrato de alquiler que el quebrado Frigorífico General Acha firmó con Industrias Cárnicas San Miguel. Cuestiona que el contrato no tiene fecha cierta, no tiene firmas certificadas, fue ingresado al expediente año y medio después de la quiebra y no tiene la participación de la Sindicatura y el Juzgado. 

La sospecha que tienen los extrabajadores es que el juez Gerardo Bonino podría avalar ese documento y permitir la reapertura de la planta y dejarlos sin cobrar la indemnización que esperan desde hace más de 6 años. Con esa sensación se quedaron luego de un encuentro cara a cara que tuvieron con Bonino el pasado 6 de septiembre cuando se hizo una inspección al frigorífico. Ese día, el juez le dijo a los extrabajadores que "el dictamen del síndico no es vinculante. El síndico es un elemento externo que ayuda al concurso, no es palabra santa" (ver aparte).

En el medio de esa disputa judicial, se conoció que la firma Industrias Cárnicas San Miguel despidió a dos trabajadores que no tenía registrados y no estaría realizando los aportes a los que tiene registrado. (Ver aparte)

Lo cierto, es que el dictamen de Romo marca una serie de "irregularidades" y detalles que generan sospechas, como por ejemplo, que el contrato de alquiler fue, supuestamente, firmado dos días después de que se creó la empresa Industrias Cárnicas San Miguel. Además, el síndico revela que recién el 11 de mayo de este año "el FGA, por primera vez en autos, da a conocer la existencia del contrato de locación de la planta frigorífica, suscripto el 02/12/2020 entre la fallida y la firma Industrias Cárnicas San Miguel SA., fecha en la que el auto de quiebra estaba en Cámara por la apelación interpuesta por el FGA SA. Es decir, denuncian la existencia de un contrato de locación de un año y medio de antigüedad y con el detalle no menor, que a partir del desistimiento del recurso de apelación efectuado por el mismo FGA SA el día 11/02/2021 el decreto de quiebra adquirió firmeza".

Romo no dejó de marcar que "se suscribió un contrato de locación de la Planta Frigorífica, prenda común de los acreedores, sin pedir autorización a este Tribunal, que si bien pueden aducir que el decreto de quiebra no estaba firme por haber sido por ellos apelado, lo cierto es que estaban con un acuerdo incumplido y latente el desapoderamiento e incautación, según lo resolviera la Cámara". 

Agregó que "no tuvo oportunidad esta sindicatura de emitir su opinión respecto a la suscripción de un contrato de locación, a los años de duración propuesto para el mismo, al valor locativo ni de evaluar la trayectoria ni solvencia de la firma locataria, téngase en cuenta que la misma fue creada el 30/11/2020 y la firma del contrato de locación de la Planta Frigorífica lo fue solo dos días después. Comprometiendo con un contrato de locación a una inmovilización del activo falencial a 30 años de duración. Contrato que no contó con fecha cierta, puesto que las firmas interpuestas en el mismo no fueron certificadas. (En actuación 15633154 luce certificación notarial de fecha 16/11/2021 certificando solamente las fotocopias)".

En otras desprolijidades que le llamó la atención al síndico es "el hecho que la sentencia de quiebra fuera apelada por el FGA SA y una vez firmado el contrato de locación, presentaran ante la Cámara el desistimiento del recurso. Sin contar con el hecho que el mencionado contrato que pretenden hacer valer, carece de fecha cierta, no cuenta con las firmas certificadas ni fue intervenido para el pago del impuesto de Sellos ni declarado ante la AFIP".

Romo también menciona que el 9 de noviembre del año pasado el Ministerio de la Producción de La Pampa, a través del director de Ganadería, Luis Lluch, aprobó "el proyecto de construcción de la planta frigorífica de faena de animales vacunos de propiedad de la firma Industrias Cárnicas San Miguel SA, ubicada en la Ruta Nacional Nº 152 Km 31 de la ciudad de General Acha, no haciendo mención en ningún momento del carácter de locataria de la firma solicitante, ni que el mencionado proyecto para el cual se otorgaba autorización, lo sería dentro de las instalaciones de propiedad del FGA SA que para esa fecha ya contaba con una sentencia de quiebra firme y lo que es más llamativo aún, que el Tribunal desconocía la existencia de la suscripción del contrato de locación, realizado un año antes de esa fecha".

En el dictamen, el síndico concluyó que "debiera ser observada la validez del contrato de alquiler adjuntado. Que se intime a la fallida a adjuntar en autos el Contrato Constitutivo, Estatuto Social y Libro de Accionista de la firma FLAXY SA. Que se intime a Industrias Cárnicas San Miguel S.A. a adjuntar en autos el Contrato Constitutivo, Estatuto Social y Libro de Accionista de la firma".

El dictamen de Romo fue a pedido del juez Bonino que interviene en la quiebra del FGA. Ese dictamen, la reapertura del concurso y la verificación que hizo en la planta de faena, son pasos previos que pidió y realizó el juez con la intención de revisar la quiebra (avenimiento) y, también, analizar la posibilidad de avalar el contrato de alquiler para darle vía libre a Industrias Cárnicas San Miguel para que reabra el frigorífico sin haber acordado con los acreedores. 

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