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EL DIARIO digital
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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró la invalidez de un fallo del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) que benefició con la absolución a una persona que había sido condenada a 6 años de prisión por el abuso sexual de la que era su pareja. Ordenó que el TIP revise nuevamente la sentencia, pero con otros jueces. El argumento del STJ es que los jueces del TIP, Filinto Rebechi y Pablo Balaguer hicieron una fundamentación arbitraria al revisar el fallo de primera instancia.
La sala B del STJ, integrada por Hugo Díaz y Verónica Campo, hizo lugar al recurso de casación presentado por la fiscal Verónica Ferrero contra el fallo del TIP que absolvió a CGMM, que había sido condenado a la pena de 6 años de prisión por haberlo hallado autor del delito de abuso sexual mediante violencia, agravado con acceso carnal vía vaginal, valorado en el marco de la ley 26485.
La Audiencia de Juicio había dictado la condena por el siguiente hecho: "En horas de la noche del 25 de mayo del 2020, en la vivienda de la localidad..., en el interior de uno de los dormitorios, CGMM, previo proferirle insultos a su entonces pareja LPB, interpelándola que debía demostrarle 'en la cama que no lo amaba', la tiró en la cama, le bajó sus ropas y mientras le decía 'si vos sos putita si a vos te gusta ', la accedió con violencia, penetrándola vía vaginal. M.M., consumó, forzó e impuso este abuso sobre el cuerpo de L.B. pese a la inequívoca falta de consentimiento por parte de su pareja de mantener esa relación sexual. Esta mujer estuvo, en todo momento, fuertemente condicionada por la presencia de sus hijos pequeños en otra habitación de la misma vivienda. Por eso es que mientras transcurrió el momento mismo del acceso carnal, la víctima no pidió auxilio, mantuvo silencio, precisamente para evitar que sus hijos escucharan y presenciaran como su madre era ultrajada y humillada por parte de su propio progenitor".
La defensa articuló recurso de impugnación y, en razón de ello, el TIP revocó la condena y absolvió a M.M.
Fundamentos
Díaz y Campos cuestionaron la fundamentación del fallo del TIP para absolver al acusado. "En primer lugar se observa una serie desorganizada en los argumentos que conforman la decisión del primer juez votante del TIP (Rebecchi), e incluso refiere a actos procesales no cuestionados en el recurso y ya precluídos para la instancia de la revisión", explicaron. "Además -agregaron-, se identifica una incongruencia en cuanto a la exteriorización del razonamiento en el control de la prueba, pues por un lado ofrece, de idéntica forma que lo plasma la Audiencia de Juicio, cada uno de los medios probatorios por los que parece surgir el hecho y el contexto de violencia que lo acompaña y, seguidamente, sin fundamento, lo posiciona en el campo de la duda".
"El Dr. Rebechi afirma que " el estado de vulnerabilidad padecido por la Sra. B., es solo a nivel discursivo, no existe un informe real exhibido que compruebe contundentemente ese extremo". Estas afirmaciones del juez revisor, no se corresponden con las constancias de la Audiencia de Juicio, y en la medida en que cuestionan la declaración en cámara Gesell, porque la víctima tiene 30 años (mayoría de edad), tampoco tienen asiento en criterio doctrinario, precedente aplicable, ni en normativa nacional e internacional alguna", aseguraron.
También cuestionaron el voto de Balaguer. "Al igual que lo hizo su colega, con otros tópicos, el juez no revisa sino que discrepa del criterio jurídico plasmado en la sentencia de condena y, llamativamente, introduce conceptos y posiciones jurídicas no contempladas en normativa alguna", plantearon.
"El magistrado construye una reflexión, también propia y desprovista de legalidad, al decir que las pruebas accesorias (identificadas como los informes técnicos y demás testimoniales) siguen la suerte de lo principal (declaración de la víctima). Así explica, que el relato resulta de fuerza probatoria débil, ya que la cámara Gesell impidió un interrogatorio con profundidad suficiente y que el resto de las pruebas accesorias siguen tal suerte en cuanto fuerza valorativa", indicaron.
"Nuevamente aparecen afirmaciones incompatibles con la sana crítica racional, imponiendo criterios propios, jurídicamente inválidos", completaron.
"En función de lo expuesto en los votos de ambos jueces del TIP, la revisión efectuada resulta contradictoria también a la hora de abordar el contexto de violencia. Ambos jueces, por un lado reproducen el material probatorio que deja expuesta la violencia sufrida por la víctima, pero seguidamente, propinan una serie de enunciados que dejan a un lado dicha situación", concluyeron.