La Pampa

Proponen eliminar la unidad económica mínima por 5 años

El diputado provincial Federico Ortiz propuso en un proyecto de ley de eliminar la unidad económica mínima y permitir loteos y divisiones en condominios o procesos sucesorios. La vigencia de la excepción será por cinco años.

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EL DIARIO digital

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"La idea de la ley es ordenar, permitir solucionar problemas y conflictos que se generan. Problemas productivos, situaciones en el manejo de los campos, que perjudican a los productores más chicos", dijo Federico Ortiz.

Además propondrá en el debate de la ley un observatorio con todos los sectores (productores, gobierno, instituciones, y academia) para definir una nueva unidad económica mínima. 

Ortiz, en el proyecto presentado, propone una excepción a la Ley N° 468, pudiendo "disponerse o dividir inmuebles rurales en fracciones inferiores a la unidad económica". La condición es que "a la fecha de promulgación de la presente los inmuebles rurales estén inscriptos en condominio, o respecto de ellos se encontrare iniciado o se inicie el proceso sucesorio del que derive la adjudicación en condominio conforme los términos de la Ley N° 468".

El legislador del FreJuPa explica que "el concepto de Unidad Económica Agrícola (UEA) fue definido en la legislación Agraria Argentina en el artículo 21 de la Ley 14.392 y se refiere a "todo predio que por su superficie, calidad de tierra, ubicación, mejoras y demás condiciones de explotación, racionalmente trabajado por una familia agraria que aporte la mayor parte del trabajo necesario, permita subvenir a sus necesidades y a una evolución favorable de la empresa en el mediano plazo".

El antecedente de la UEA es la Ley de colonización N° 12.636 del año 1940, sancionada en la Presidencia de Ramón Castillo que establecía, no sólo la distribución de tierras fiscales, sino también medidas tendientes a beneficiar al poblador rural; con esta norma empieza a aparecer la idea de función social de la propiedad.

 "En La Pampa la UEA -detalla Ortiz- está regulada por la Ley N° 468 del año 1.973, estableciendo que el fraccionamiento de predios rurales en el ámbito de nuestra Provincia debe responder a las normas de la UEA, entendiéndose por tal, el predio que por su superficie, calidad de la tierra, ubicación, mejoras y demás condiciones de producción, racionalmente trabajado por una familia agraria tipo, que aporte la mayor parte del trabajo y desarrolle las actividades corrientes de la zona, le permita alcanzar un nivel de vida digno y evolucionar favorablemente".

. Seguidamente fija como magnitudes bases superficiales para las UEA en las distintas zonas de la Provincia estableciendo sus dimensiones, por debajo de las cuales los inmuebles rurales no pueden dividirse.

Las dimensiones por debajo de las cuáles no se puede fraccionar un predio rural tenemos: 300 hectáreas en Catriló; 400 hectáreas en Atreucó, Conhelo, Guatraché y Capital; 500 hectáreas en Hucal y Rancul y 1000 hectáreas en Toay y Utracán.

"Ahora, si bien esta ley ha tenido la intención de proteger la UEA, estableciendo una superficie mínima, al día de hoy ha quedado vetusta y va generando consecuencias desfavorables produciendo, entre otros efectos, una progresiva concentración parcelaria, ya que muchos condóminos de pequeñas extensiones ( que adquieren tal condición a partir del fallecimiento del titular propietario del inmueble rural por ser su porción inferior a las superficies establecidas por la UEA), se han visto obligados a enajenarlas por las inconveniencias que causa el condominio como figura poco favorable para la explotación Agropecuaria", explica Federico Ortiz.

"No sólo ello, sino que ante una situación de venta, el condómino se encuentra muy desprotegido ya que los únicos posibles compradores serán otro condómino o un lindero", afirma.

"Esta iniciativa busca corregir los problemas que enfrentan los pequeños productores, producto de la imposibilidad de dividir sus campos, frente a la decisión de vender", agrega.

"Tal imposibilidad lleva a que miles de familias rurales se vean compelidas a tener que malvender su propiedad en condiciones totalmente desfavorables, al no tener otra alternativa que vender todo o nada para obtener precios de mercado, ya que en caso de vender únicamente la parte alícuota, su precio está limitado a la voluntad de algún condómino o lindero, o de un tercero que lógicamente pagará menos, por tener que ingresar a un condominio con motivo de su compra", asegura.

"También constituye una problemática actual, cierta y real que atraviesan los sectores más débiles y vulnerables de la economía rural, como los pequeños productores agropecuarios y genera la frustración de proyectos familiares y el éxodo de estos productores a las ciudades", afirma el legislador del PJ.

"Sabido es que en nuestra provincia, miles de productores rurales se encuentren dentro de alguno de esos condominios, sin que ello haya sido producto de su voluntad o decisión, sino por el solo hecho de no encuadrar su parte proporcional del derecho de propiedad dentro de la considerada unidad económica", remarca.

Además dice que "la legislación actual no solo genera situaciones nocivas para aquel productor que quiere salir de ese condominio -no voluntario ni elegido sino impuesto por decisión estatal-, sino que también afecta a los otros condóminos que quieren continuar con la producción de su porción, ya que quien quiere dejar el condominio se verá obligado a pedirá judicialmente la partición del mismo, siendo forzados los restante condómino a desprenderse de sus porciones".

"Así, ante el cúmulo de situaciones disvaliosas que ha generado esta legislación, hay Provincias que han abordado la cuestión de diferentes maneras; por mencionar algunos casos de Provincias lindantes a la nuestra; Córdoba actualizó criterios para el fraccionamiento rural fijando en 15 hectáreas la superficie mínima agrícola extensiva. Santa Fe sancionó en el año 2007 la Ley 12.749 por la cuál permite dividir inmuebles rurales en fracciones inferiores a la Unidad Económica que se encuentren en condominio por el término de dos años y luego en el año 2021 por cinco años, con plena vigencia en la actualidad", describe.

"Como vemos, en nuestra Provincia, las superficies han sido determinadas hace aproximadamente 50 años; pero en la actualidad el productor agropecuario ya no es el mismo, la tecnología en cuanto a comunicación, información, técnicas de producción, etc., ha evolucionado en forma trascendental, modificando profundamente la estructura de la producción agropecuaria", señala.

Ortiz dice que "este proyecto busca brindar una posibilidad cierta a los productores pequeños de regularizar el dominio, frenar el crecimiento de las propiedades en condominio, hecho que es considerado como un factor de conflictos, desinversión y concentración en el sector agropecuario y por otra parte incentivar la inversión en los predios rurales de quienes hasta ahora son condóminos y por ende titulares de una porción ideal, cuando puedan ser propietarios de una porción determinada".

                          En función de lo expuesto, lo que se propone es sencillo y económico, y consiste en suspender la aplicación de ley que establece la unidad económica agrícola por un tiempo determinado, solicitado por ello a mis pares, su acompañamiento. 

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