La Pampa

La COOSPU de 25 de Mayo apeló la nulidad de su asamblea ordinaria y deberá decidir el STJ

La asamblea fue el 4 de diciembre y la resolución que la declaró "irregular e ineficaz" data del mes de abril. Todo lo actuado por las autoridades de la entidad sería nulo.

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EL DIARIO digital

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La Cooperativa Regional de Provisión de Servicios Públicos y Sociales del Oeste Pampeano Limitada (COOSPU) de 25 de Mayo apeló la anulación de la asamblea ordinaria del mes de diciembre pasado que decidió la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales de la Provincia, a cargo de Fabián Bruna, que implica la nulidad de todo lo actuado desde ese momento, y ahora deberá decidir el Superior Tribunal de Justicia.

En rigor de verdad, se trata de la segunda presentación de la entidad contra esa resolución, ya anteriormente había interpuesto un recurso de reconsideración pero la repartición estatal no lo aceptó y ratificó su determinación días atrás.

Según dio a conocer el portal de FM Láser de Catriel, ahora la COOSPU presentó una apelación judicial para rechazar la medida y trascendió que la cuestión deberá ser resuelta por el máximo tribunal pampeano.

Resolución

La asamblea ordinaria de la COOSPU se desarrolló el 4 de diciembre del año pasado y la Subsecretaría de Cooperativas emitió la resolución que la declaró nula en el mes abril, ante lo cual la entidad presentó un recurso de reconsideración.

Ese recurso, enmarcado en la Ley de Procedimiento Administrativo de La Pampa, es un medio de impugnación que permite a la misma autoridad que emitió un acto administrativo revisar el expediente y subsanar errores. Se puede interponer para adjuntar una nueva prueba que sustente un desacuerdo con una parte o toda la decisión contenida en una resolución y solo se otorga si se puede demostrar que la decisión está basada en un error respecto de los hechos del caso o la ley aplicada a los hechos.

Esa presentación fue rechazada por el subsecretario Bruna el miércoles de la semana pasada. "Esta es una resolución que había tomado hace al menos dos meses, pero la COOSPU presentó una cautelar y ayer la ratificamos", informó el funcionario el jueves.

Según señaló, en la asamblea cuestionada la institución veinticinqueña había establecido un registro de participación complicado que se tradujo en llamadas a la Subsecretaría en la que asociados denunciaron que no les permitían participar. "Nosotros, vía telefónica y por WhatsApp, nos comunicamos con directivos y les reclamamos que garantizaran ese derecho", dijo en declaraciones periodísticas recientes, señalando que finalmente no cumplieron con lo solicitado.

Añadió que otra irregularidad fue que las votaciones se hicieron a mano alzada y por el Estatuto debieron haber sido nominales. "Esto trajo aparejado el inconveniente de que cada participante podía representar a uno o dos asociados que le hubieran delegado el voto, es decir, si contás las manos alzadas sería un voto por cada una cuando podrían representar hasta otros dos votos. Pero además se dio el agravante de que la mano alzada se correspondía con los votos positivos, pero no hubo mano alzada para los votos negativos, por lo cual no fueron contados", explicó.

La letra del documento para notificar a las autoridades de la COOSPU señala que "el subsecretario de Cooperativas y Mutuales de la provincia de La Pampa dispuso declarar irregular e ineficaz a los efectos administrativos, la asamblea general ordinaria realizada el 4 de diciembre de 2023 por la Cooperativa Regional de Provisión de Servicios Públicos y Sociales del Oeste Pampeano Limitada". Y luego la intima "a convocar a una nueva asamblea para tratar todos los puntos del orden del día establecidos" en aquella oportunidad "dentro de los 45 días corridos desde la notificación de la presente, adoptándose las medidas pertinentes a fin de garantizar el derecho de participación e información de sus asociados".

Nulos

La resolución que declaró irregular la asamblea de diciembre y pidió la realización de una nueva implica que las autoridades actuales de la COOSPU tendrían anulado su mandato y serían nulas todas las decisiones tomadas desde que asumieron en sus cargos.

Entre esas decisiones se inscriben -por ejemplo- despidos e incorporaciones, que vistas desde el sentido común serían nulas, con el perjuicio económico tanto para los cesanteados como para los contratados. Esto podría sumar más pérdidas a la entidad, que está casi ahogada por una deuda que supera holgadamente los mil millones de pesos.

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