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EL DIARIO digital
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Con respecto a los ingresos del estudiante y personas de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), excepto que los y las solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9 de la Ley 13478.
Desde el programa se aclaró que habrá una distinción entre quienes tuvieron beca en 2023 y quienes la solicitan por primera vez. Quienes obtuvieron beca en 2023 y no alcanzan el 50 % de materias aprobadas según el plan de estudios de ese año, podrán aplicar al programa. Sin embargo, si son adjudicados, percibirán la cuota establecida para 2024, que será un 80 % del monto mensual de la beca.
Para más información e inscripciones https://www.argentina.gob.ar/educacion/progresar