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EL DIARIO digital
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Los condenados fueron Javier Esteban Báez, Darío Carlos Lugo y Jorge Andrés Maximiliano Garay, por el delito de robo agravado por haberse cometido "en poblado y en banda", en concurso real con el delito de "privación de la libertad agravada por el uso de violencia".
Todo ocurrió el día 18 de septiembre de 2023 alrededor de las 11:45 horas. Báez, Lugo y Garay ingresaron violentamente a la casa de una pareja de adultos mayores, y se llevaron la suma de $100.000 en dinero efectivo y bijuoterie perteneciente a la dueña de casa.
Según la investigación del caso, para lograr su cometido, los tres hombres se dirigieron a la localidad de Lonquimay -a un domicilio ubicado sobre calle San Martín- a bordo de un VW BORA de color gris. Lugo y Gary ingresaron a la vivienda, mientras Báez los esperó al mando del vehículo.
Los dos hombres tocaron el timbre de la casa y fueron atendidos por la mujer: "¿señora, está su marido?... porque necesito hacer arreglar un burro del auto", le dijeron.
Luego de contestar la víctima que su marido no estaba; uno de ellos grito "agarrala", sujetándola fuertemente, luego la ataron de los brazos con cables, le pusieron un trapo de mordaza en la boca y la dejaron maniatada en el baño, privada de su libertad hasta que fue encontrada unos 15 o 20 minutos más tarde por su marido.
Producto de la agresión dada por los masculinos, la víctima sufrió lesiones calificadas como leves, en la boca, nariz, en sus muñecas y en su codo.
Al escapar de Lonquimay, el auto se les rompió en Uriburu, lugar en el cual fue apresado BAEZ, en tanto que los dos restantes se dieron a la fuga.
Luego de la investigación, y a razón de pericias realizadas sobre teléfonos, como así también sobre cámaras de seguridad y testimonios recibidos a vecinos, se pudo determinar la identidad de los implicados en el robo, los que fueron detenidos y sometidos al proceso penal.
La condena
La condena fue producto de un acuerdo de juicio abreviado, realizado por el Fiscal Bon Dergham con los imputados y sus abogadas, se pactó una pena por arriba de los mínimos legales establecidos por la ley penal.
En el caso de BAEZ, que fue quien manejaba el auto, y aun cuando dicha persona no tenía antecedentes penales y la pena hubiera podido ser dejada en suspenso, la Fiscalía entendió que por la gravedad del hecho y las circunstancias especiales del caso dicha persona era merecedora de una pena de 3 años de prisión de efectivo cumplimiento, y así fue aceptado el pedido por el Juez.
Respecto a los otros dos, se les impuso una pena única de 4 años, 4 meses y 1 día de prisión de efectivo cumplimiento, para el caso de Lugo, y una pena de 4 años, 2 meses y 20 días de prisión de efectivo cumplimiento, para Garay.