La Pampa

Crearon en la provincia el Consejo de Cambio Climático

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Articulará políticas en la materia y concientizará socialmente. Será coordinado por el subsecretario de Ambiente o la autoridad máxima ambiental que a futuro se designe.

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EL DIARIO digital

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El Gobierno provincial creó el Consejo Asesor de Cambio Climático, organismo que funcionará bajo la órbita de la Secretaría General de la Gobernación a través de la Subsecretaría de Ambiente.

Articulará políticas en la materia y concientizará socialmente respecto a su relevancia. "La misma acción protectiva de Gobierno se extiende con la creación de la Dirección de Conservación de la Biodiversidad, áreas Protegidas y Cambio Climático", indicó un comunicado de prensa oficial.

El gobernador Sergio Ziliotto firmó el decreto correspondiente, luego de evaluar el Expediente N° 5756/22 que, entre sus considerandos, sostiene que el cambio climático "se ha transformado en una de las amenazas que enfrenta la comunidad, por lo que el esfuerzo para enfrentar las consecuencias actuales y futuras, debe ser delineado e implementado conjuntamente entre el Estado y la sociedad civil".

Síntesis

El Decreto, que consta de 9 artículos, da cuenta que la persona que ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo de la Provincia ejercerá en forma honoraria la presidencia, y en tal carácter podrá presidir o participar, cuando así lo considere necesario, o a invitación de la Autoridad Ambiental o el Consejo Asesor, conforme lo establezca la reglamentación del mismo.

El Consejo Asesor de Cambio Climático será coordinado por el subsecretario de Ambiente o la autoridad máxima ambiental que a futuro se designe mientras que la Subsecretaría de Ambiente será la responsable de reglamentar el funcionamiento del Consejo Asesor.

El Consejo Asesor estará compuesto por el subsecretario de Ambiente en carácter de Coordinador; un representante del Ministerio de la Producción y un representante de la Secretaría de Energía y Minería del Gobierno de La Pampa.

El subsecretario de Ambiente está facultado a invitar a participar de manera permanente o transitoria, a dos representantes de la Cámara de Diputados; un representante de la Universidad Nacional de La Pampa; uno del Colegio de Ingenieros Agrónomos y un representante del Consejo Profesional de Ciencias Naturales, organismos, entes descentralizados, o instituciones de la sociedad civil con incumbencia en la materia, que considere conveniente a sus fines.

El Gobierno, a fines del cumplimiento de su propósito, habilita al Consejo Asesor de Cambio Climático a articular los procesos participativos y de sinergia entre las diferentes áreas del Gobierno provincial, así como entre el Gobierno nacional, las provincias, los municipios y las comisiones de fomento, e integrar acciones de mitigación y adaptación al cambio climático en la planificación de los diferentes sectores y/o sistemas.

En tal sentido, deberá proponer un Plan Provincial de Respuesta al Cambio Climático como insumo para la discusión de una estrategia nacional más amplia; planes de acciones sectoriales a nivel gubernamental para la mitigación en sectores claves en pos de alcanzar los objetivos provinciales en la materia, y para la adaptación en sectores vulnerables a los impactos del cambio climático en el marco del desarrollo sostenible, entre otros puntos.

La necesidad de formular planes estratégicos de actuación y una agenda de trabajo transversal con especificidad en la materia de cambio climático, exige conferir una nueva estructura funcional a la actual cartera ambiental provincial. Por esos motivos, la jerarquización de la temática mediante la creación de una Dirección de Cambio Climático permitirá accionar de forma eficiente frente a dicha problemática, ubicando además a la provincia de La Pampa dentro de las pioneras en este complejo proceso que traspasa todas las áreas y todas las temáticas, potenciando la capacidad de intervención del Estado provincial, acorde al cumplimiento de la Ley Nacional N° 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático.

De igual modo, la dinámica y el ámbito de competencias y funciones que exige el área de conservación de la biodiversidad y áreas protegidas, torna necesario el deslinde, creando al efecto también una Dirección específica, que tenga por fin el fiel cumplimiento de la leyes provinciales N° 2651 que crea el Sistema Provincial de áreas Protegidas y N° 3195 Ley Ambiental Provincial en cuanto a la preservación de la diversidad biológica en la provincia de La Pampa, esta última en consonancia con la Ley Nacional N° 24.375 que aprueba el Convenio sobre la Diversidad Biológica, en pos de la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos.

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